Impugnación de actos y acuerdos y ejercicio de acciones (arts. 63 a 68 LBRL)

AutorMaría Burzaco Samper
Cargo del AutorProfesora Propia Adjunta de Derecho Administrativo, Universidad Pontificia Comillas-ICADE
Páginas95-97
95
Impugnación de actos y acuerdos y ejercicio de acciones (arts. 63 a 68 LBRL)
Legitimación activa
(art. 63 LBRL)
Sujetos legitimados en el régimen general del proceso contencioso-administrativo.
AGE y CCAA: en los casos y términos previstos en Cap. III, Título V LBRL (arts. 63 a 68 LBRL).
Miembros de las corporaciones que hubieran votado en contra de tales actos y acuerdos.
EELL territoriales:
́Para la impugnación de las disposiciones y actos de las AGE y CCAA que lesionen su autonomía
garantizada por la CE y LBRL.
́Para promover la impugnación ante el TC de leyes del Estado o de las CCAA cuando se estime que son
éstas las que lesionan la autonomía constitucionalmente garantizada [art. 119 LBRL27]
Ampliación de información
referida en art. 56.1 LBRL
(art. 64 LBRL)
Posibilidad de que la AGE y CCAA soliciten ampliación de la información a que se refiere el art. 56.1 LBRL.
Plazo máximo de remisión.
́General: 20 días hábiles.
́Caso del art. 67 LBRL (vid. Infra): 5 días hábiles.
Suspensión de los plazos del art. 65.2 y 67.1 LBRL. Reanudación: a partir de la recepción de la
documentación interesada.
Actos o acuerdos locales que
infringen el ordenamiento jurídico
(art. 65 LBRL)
Con requerimiento: AGE o CCAA, en el ámbito de las respectivas competencias, podrá requerir al
Ente Local para que anule dicho acto en el plazo máximo de 1 mes. Requisitos y caracteres:
́Invocación expresa de este art. 65 LBRL.
́Requerimiento debe ser motivado y expresar la normativa que se estime vulnerada.
́Plazo de formulación: 15 días hábiles a partir de la recepción de la comunicación del
acuerdo28.
27 Ver pág. 145.

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