El acto decisional como acto normativo

AutorÓscar Buenaga Ceballos
Páginas268-270

Page 268

En el capítulo correspondiente, vimos que el primer paso en la estructura discursiva del razonamiento jurídico-práctico era el que denominamos acto previo de institucionalización del Derecho. Se trata de un paso mental esencialmente no refiexivo (intuitivo) que da todo operador jurídico cuando se le presenta un problema jurídico a resolver, en el cual encaja el relato que se le cuenta dentro del sistema institucional del Derecho, por ejemplo, si se trata de un contrato, de un despido, de una separación, de una disolución de una comunidad de bienes, de un delito, de una expropiación, etc.

Tras la delimitación fáctica de los hechos (segundo paso) y la subsunción normativa de los mismos (tercer paso, consistente básicamente en la selección e interpretación normativa), esto es, fijadas las premisas, el razonamiento jurídico-práctico llega a una conclusión jurídica sobre la cuestión jurídica planteada, esto es, adopta una decisión o resolución jurídica, denominada fallo en el ámbito judicial. En este paso final del razonamiento jurídico, el operador, que ha realizado la operación lógica de aplicar la norma seleccionada a los hechos determinados, extrae del Ordenamiento jurídico la consecuencia jurídica establecida en la norma.

En este punto, sostenemos que las resoluciones judiciales decisorias (sentencias, pero también autos) son actos normativos, en el sentido de que constituyen auténticas fuentes del Derecho, por cuanto aún resolviendo casos concretos, tienen una pretensión de universalidad, es decir, que si se presentase en el futuro un caso sustancialmente igual resolverían de la misma manera. En tal sentido funcionan como normas jurídicas. Así, cualquier predicción o consejo que le haga el abogado o asesor a su cliente va a tener en cuenta las sentencias que se hayan dictado sobre su asunto. En la práctica, es evidente que si el Tribunal Supremo o el Tribunal Superior de Justicia del territorio han dictado una sentencia sobre un asunto anterior idéntico al que se somete a consideración del profesional, éste va a aconsejar al cliente que no entable el pleito porque no tiene visos de prosperabilidad.

El carácter normativo de la decisión judicial se conecta con el principio constitucional de igualdad ante la ley, así como con el principio de seguridad jurídica y certeza del Derecho, ya que dicha decisión va a constituir un precedente para los casos posteriores similares que se produzcan. Esto supone que ante la resolución de un...

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