Acta de final de obra de nave industrial. Libro del edificio en murcia y registro de la propiedad.

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad

Resumen: El Libro del Edificio, que en principio habría que aportar al Registro de la propiedad para todo tipo de construcciones, únicamente será exigible si la legislación urbanística autonómica competente impone la obligación de elaborarlo.

Hechos: Se otorga una Acta de Fin de obra de una nave industrial en Murcia y de varias edificaciones menores, sin libro de la edificación.

La Registradora exige el depósito del libro de la edificación, que no se aporta, pues entiende que dicho libro es exigible a todas las obras nuevas, sea cual sea el tipo de obra, salvo que la legislación autonómica lo dispense expresamente.

El notario autorizante recurre y alega que dicho libro sólo es exigible por la legislación murciana para viviendas, pero no para el resto de edificaciones incluyendo naves industriales. Se basa en la misma normativa y resoluciones alegadas por la registradora, pero que interpreta en sentido diferente.

La DGRN estima el recurso.

Doctrina: La necesidad de aportar el Libro del Edificio para la inscripción de todo tipo de construcciones, que con carácter general impone el artículo 202 LH, como norma registral, sólo es exigible si la legislación autonómica, que es la legislación sustantiva...

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