El accidente de trabajo de la mariscadora autónoma: criterios para la determinación del nexo causal

AutorRosa Rodríguez Martín-Retortillo
Cargo del AutorProfesora Ayudante Doctora. Universidad de Vigo
Páginas621-636
621621
CAPÍTULO 25
El accidente de trabajo de la
mariscadora autónoma: criterios para
la determinación del nexo causal
Rosa RODRÍGUEZ MARTÍN-RETORTILLO
Profesora Ayudante Doctora
Universidad de Vigo
Sumario: 1. Introducción. 2. Delimitación y régimen jurídico. 3. El nexo causal en el
caso del accidente del trabajador autónomo. 4. Conclusiones.
1. INTRODUCCIÓN
El objeto de este trabajo, relativo al nexo causal en el caso del accidente
de la mariscadora autónoma, encuentra su origen en la Sentencia de la Sala de
lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de 30 de enero de 20171,
El caso trata de una mariscadora que sufrió un accidente de tráco cuan-
do trasladaba el marisco que había extraído en una playa de Galicia hasta la lonja
donde se procedía a su venta.
1 Sentencia núm. 661/2017.
2 Sentencia núm. 684/2018.
622 LA CONSTRUCCIÓN JURÍDICA DE UN ESPACIO MARÍTIMO COMÚN EUROPEO
ROSA RODRÍGUEZ MARTÍN-RETORTILLO
Antes de analizarlo en su extensión, se tratarán una serie de aspectos que
es preciso concretar. En particular, la delimitación del ámbito subjetivo –esto
es, qué tipo de trabajadora es la mariscadora–, la noción de causalidad, o el con-
cepto de accidente de trabajo aplicable a dicha trabajadora. Todo ello permitirá
concluir si nalmente se entiende que concurre o no el nexo causal.
Para ello, el primer paso en este estudio exige detenerse en la protección
que el ordenamiento jurídico dispensa al trabajador autónomo en caso de que
se produzcan contingencias profesionales, y cuál es su alcance.
2. DELIMITACIÓN Y RÉGIMEN JURÍDICO
En el caso que nos ocupa, es fundamental determinar la naturaleza de la
prestación que lleva a cabo la mariscadora, que es trabajadora por cuenta pro-
pia. A partir de ahí, se despliegan una serie de coberturas, cuyo alcance y límites
conviene precisar, especialmente si se tiene en cuenta que en tiempos recientes
la normativa que afecta a estos trabajadores en materia de accidentes de trabajo
ha sido objeto de varias modicaciones.
La primera consideración viene de mano de la Ley 47/2015, de 21 de octu-
bre, de protección social de las personas trabajadoras del sector marítimo-pes-
quero, que se reere al trabajador autónomo en diversos preceptos de su articu-
lado. Por un lado, señala que «quedarán comprendidos en el Régimen Especial
de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, como trabajadores por cuen-
ta propia o autónomos, quienes realicen de forma habitual, personal y directa,
fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona y a título lucrativo
alguna de las siguientes actividades: (…) los mariscadores, percebeiros, recoge-
dores de algas y análogos»3.
A continuación, interesa analizar el aspecto de las contingencias prote-
gidas, respecto de las que la norma señala que «se denen según lo estableci-
do (…) en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por
Cuenta Propia o Autónomos en relación con las personas trabajadoras por cuen-
3 Art. 4.1, letra c).

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