Acabemos con la excepción de proceso inadecuado
Autor | Lluís Muñoz Sabaté |
Cargo del Autor | Abogado. Profesor Titular de Derecho Procesal Universidad de Barcelona |
Páginas | 263-265 |
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La aberrante proliferación de procesos especiales ha conducido a una situación tal que muchas veces, cuando las pretensiones resultan ambivalentes o aconsejan una acumulación objetiva de las misma, la única o mejor solución aconsejable para acertar el llamado «cauce idóneo» pasa por echar una moneda al aire o confiar que el buen sentido del juez resuelva lo que no deja de constituir una auténtica aporia.
Todos estaremos de acuerdo en que esta situación es insostenible y que hay que acabar con la misma sin esperar a que el legislador venga a remediarlo con una reforma integral que por lo visto no le apremia.
A salvo imperdonables negligencias, o temeridades procesales, nadie, absolutamente nadie, debiera verse abocado a ver denegado su acceso a la jurisdicción tras una dilatada espera (para más ironía ralentízada por culpa de la propia organización), mediante una absolución en la instancia basada en que el proceso elegido no era el adecuado según la norma. Eso todavía podía suceder cuando en la base de la pirámide jurisdiccional repartían sus competencias Jueces de primera instancia y Jueces de distrito, pero no ahora donde no existe ningún problema de legitimación judicial.
La contundencia con que el profesor Ramos Méndez acaba de denunciar este absurdo no debiera caer en saco roto: «Si nosotros somos conscientes de que el proceso es siempre un tema instrumental en lo referente a la tutela jurídica y de que dicho proceso no es ni el objetivo ni la finalidad de la propio tutela efectiva de la Constitución, lo que no podemos hacer es obcecarnos en andar modificando el procedimiento, buscando nuevas fórmulas y poniendo obstáculos a la tutela jurisdiccional efectiva. A mi modo de ver, la búsqueda de la tutela efectiva o la restauración del proceso con todas las garantías exige que en la práctica se consiga abolir esa famosa excepción que todavía tiene patente de corso en nuestros procedimientos judiciales: la excepción del procedimiento inadecuado. Es absolutamente demencial y un absurdo constitucional que jueces, abogados y litigantes gasten tantas energías procesales en buscar el procedimiento adecuado para encontrarse, finalmente y tras largos años
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de lucha, con que el procedimiento por el cual han estado llevando sus cuitas a nivel judicial es inadecuado»1.
Pienso que el terreno necesario para la reacción ya hace años fue preparado por la llamada doctrina del «peregrinaje judicial» iniciada con la sentencia de la Sala...
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