RIVERO HERNÁNDEZ, Francisco: Representación sin poder y ratificación, ed. Civitas (Thomson Reuters), Pamplona, 2013, 747 pp.

AutorBeatriz Gregoraci Fernández
CargoProfesora Contratada Doctora de Derecho Civil. Universidad Autónoma de Madrid
Páginas1061-1064

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  1. Antecedentes. Entre los especialistas en el instituto de la representación, un nombre de obligada mención es el del autor de esta obra. El Profesor Rivero se ha ocupado de investigar la representación sin poder y la ratificación desde hace más de 30 años. Me permito recordar aquí algunas de sus más significativas publicaciones en este ámbito: en el año 1976 escribió dos aportaciones, una de ellas sobre la naturaleza y situación del contrato del falsus procurator (ADC, 1976, pp. 1047 y ss.) y otra sobre la voluntad negocial y la representación, en la que prestaba especial atención a la participación de representante y representado en el negocio representativo (Libro Homenaje a Roca Sastre, T.II, 1976, pp. 229 y ss.); en la década de los 2000 vuelve a retomar el tema, con «El desistimiento unilateral del tercero en el contrato del representante sin poder» (Estudios jurídicos en homenaje al Profesor Luis Díez-Picazo, T. II, 2003, pp. 2899 y ss.), y «Responsabilidad del falsus procurator por no ratificación del contrato celebrado sin poder» (en ADC, 2006-III, p. 989 y ss.); recientemente, en el año 2012, publica «Las «instrucciones del mandante» y su relevancia en el negocio representativo» (Estudios de Derecho Civil en Homenaje al Profesor J. J. Rams Albesa, 2012, pp. 689 y ss.). Añádase a todo lo anterior que el Profesor Rivero se ha ocupado del capítulo de la representación en uno de los manuales de referencia de las Facultades de Derecho españolas (Lacruz Berdejo y otros: Elementos de Derecho civil, T. I. v. 3.º Barcelona, 1990).

    En el prefacio (pp. 29 a 31) el autor explica las diversas razones que le han conducido a regresar a la institución que da título a la obra que se reseña en estas líneas. De entre todas ellas, destacaré aquí las que, a mi modo de ver, justifican, por sí solas, la monografía: por un lado, los nuevos planteamientos y revisiones de la ciencia jurídica en el ámbito de la representación, que han evolucionado desde un planteamiento fuertemente dogmático hacia una «[...] visión más exegética y menos dogmática, y un cierto realismo jurídico [...]» (p. 29); y, por otro lado, el cambio en la realidad socio económica del siglo xxi, plasmado, en el ámbito de la representación sin poder, en el amplio uso que se hace de esta institución, que «Ha pasado de ser una forma patológica de la contratación a una praxis y tipología específica de contratar; al tiempo que una muestra más de las nuevas formas de contratación de las últimas décadas, exponente no menos relevante sociológica y jurídicamente en la evolución moderna del Derecho Patrimonial» (p. 38). Razones, las

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    mencionadas, cuyo denominador común es el cambio: de la perspectiva adoptada por la ciencia jurídica al estudiar la representación sin poder, y de la realidad socioeconómica en la que opera la mentada figura.

  2. Metodología. Impecable es el adjetivo que justamente debe calificar la metodología empleada por el autor al abordar las múltiples cuestiones que encierran la representación sin poder y la ratificación. Sin perjuicio de las particularidades concretas de cada...

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