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Para que exista esta responsabilidad civil extracontractual han de concurrir los siguientes requisitos:
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Un comportamiento, que puede ser una acción o una omisión.
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Un daño, producido por la acción u omisión, daño que puede ser patrimonial o moral.
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Una relación o nexo causal entre la acción u omisión y el daño.
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Una culpa o actuación negligente del que causa el daño.