Artículo 52. Importaciones de documentos diversos

AutorJulio Banacloche Pérez-Roldán

Artículo 52.—IMPORTACIONES DE DOCUMENTOS DIVERSOS

Estarán exentas del impuesto las importaciones de los siguientes bienes:

1.º Los documentos enviados gratuitamente a las entidades públicas.

  1. Las publicaciones de gobiernos de terceros países y de organismos oficiales internacionales para su distribución gratuita.

  2. Las papeletas de voto para las elecciones convocadas por organismos establecidos fuera del territorio de aplicación del impuesto.

  3. Los objetos destinados a servir de prueba o para fines similares ante los juzgados, tribunales u otras instancias oficiales del Reino de España.

  4. Los reconocimientos de firmas y las circulares impresas relacionadas que se expidan en los intercambios usuales de información entre servicios públicos o establecimientos bancarios.

  5. Los impresos de carácter oficial dirigidos al Banco de España.

    7.º Los informes, memorias de actividades, notas de información, prospectos, boletines de suscripción y otros documentos dirigidos a los tenedores o suscriptores de títulos emitidos por sociedades extranjeras.

  6. Las fichas perforadas, registros sonoros, microfilmes y otros soportes grabados utilizados para la transmisión de información remitidos gratuitamente a sus destinatarios.

  7. Los expedientes, archivos, formularios y demás documentos destinados a ser utilizados en reuniones, conferencias o congresos internacionales, así como las actas y resúmenes de dichas manifestaciones.

  8. Los planos, dibujos técnicos, copias, descripciones y otros documentos análogos importados para la obtención o ejecución de pedidos o para participar en un concurso organizado en el territorio de aplicación del impuesto.

  9. Los documentos destinados a ser utilizados en exámenes organizados en el ámbito de aplicación del impuesto por instituciones establecidas fuera de la Comunidad.

  10. Los formularios destinados a ser utilizados como documentos oficiales en el tráfico internacional de vehículos o mercancías, en aplicación de los convenios internacionales.

  11. Los formularios, etiquetas, títulos de transporte y documentos similares expedidos por empresas de transporte u hoteleras establecidas fuera de la Comunidad y dirigidas a las agencias de viaje establecidas en el territorio de aplicación del impuesto.

  12. Los formularios y títulos de transporte, conocimientos de embarque, cartas de porte y demás documentos comerciales o de oficina ya utilizados.

  13. Los impresos oficiales de las autoridades nacionales o internacionales y los impresos...

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