38th Course of International School of Ius Commune: «Ius, Lex and Law. The Foundations and Definitions ofa Distinction in Medieval and Modern World». Erice, Sicilia, 12-16 de octubre de 2018

AutorCarmen Losa Contreras
CargoAHDE
Páginas861-861
Varia 861
AHDE, tomo LXXXVIII-LXXXIX, 2018-2019
38th Course of International School of Ius Commune: «Ius, Lex and Law. The
Foundations and Definitions of a Distinction in Medieval and Modern World».
Erice, Sicilia, 12-16 de octubre de2018
Bajo el patrocinio de la Fundación y Centro para la Cultura Científica, Ettore
Majorana, se celebró en Erice, Sicilia, un acontecimiento científico que, tras una dila-
tada existencia, cuenta con el unánime reconocimiento académico. De hecho, los cursos
dirigidos durante muchos años por el Prof. Dr. Manlio Bellomo, y ahora por los profe-
sores Condorelli y Wijffels se han convertido en el punto de reunión ineludible para
especialistas en el fenómeno jurídico que marcó la esencia del Derecho en Europa: el
ius Commune.
En esta ocasión, los ponentes elegidos debían abordar un tema esencial, la conceptuali-
zación de dos términos, que desde el mundo romano, se distinguen y se complementan «Ius»
y «lex» y que, con las peculiaridades propias del Derecho continental frente al Common Law,
han jugado un papel fundamental en la conformación de la cultura jurídica europea.
Durante tres intensas jornadas, reputados especialistas internacionales reflexiona-
ron y ofrecieron excelentes disertaciones sobre esta cuestión. Las jornadas comenzaron
con la magistral intervención del Prof. M. Bellomo, de la Universidad de Catania que
ofreció unas acertadas «Reflexiones sobre la Scientia Iuris en la expresión legisladora
y judicial de la Europa medieval y moderna». L. Brunori, de la Universidad de Lille,
contrapuso lex mercatoria a ius mercatorium. El profesor Condorelli, de la universidad
de Catania, ofreció una excelente conferencia sobre «El matrimonio según el Ius natu-
rale, lex Humana y Scentia Iuris. El caso del Dolo». A. Corbino, reflexionó sobre las
antiguas raíces de los conceptos Ius y Lex. Mientras que el profesor F. Martino de la
Universidad de Messina, disertó sobre un tema apasionante donde Teología y Derecho
se dan la mano: «Scentia Iuris y Teología al inicio de la Edad Moderna: los juristas y la
brujería».
En estas jornadas, quizás la más reputada especialista en el ámbito hispano sobre
Derecho Común, la profesora M.ª Emma Montanos, ofreció una excelente ponencia
donde conectaba los términos analizados con obra de uno de los juristas indianos más
interesantes, Francisco Carrasco del Saz, que vivió en el Perú a caballo de los siglos 
y : «Lex y Ius.Interpretatio ad aliquas leges Recopilationis Regni Castellae
(1620)». A. Padovani, de la Universidad de Bolonia, habló sobre cómo se recogen los
conceptos de Ius y lex en los glosadores hasta Tomás de Aquino. Una visión más cer-
cana del problema ofreció M. Paradiso de la U. de Catania en su ponencia: «Ius y Lex,
entre Scentia Iuris y Iurisprudentia en la realidad contemporánea». Dedicado a rastrear
los términos en discusión en los statuta propia, C. Valsecchi de la Universidad de Padua,
ofreció: «Entre Ius commune y Iura propria. La jurisprudencia capitular y la interpreta-
ción de los Estatutos». Por último, el profesor Wijffels, de la Universidad de Lovaina,
clausuró el curso, con una acertada voluntad de acercamiento entre la realidad del
Common Law y la tradición del Ius Commune en «Common Law y otras autoridades»
En definitiva, unas lecciones sobre la conceptualización de los elementos esencia-
les del Ius Comune, que, a mi entender, deben publicarse para que podamos beneficiar-
nos de su difusión todos los que nos dedicamos al apasionante mundo de la Historia del
Derecho en Europa.
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