Resolución 31 de enero de 1996 (BOE 1 de marzo de 1996)(legitimación para recurrir)

AutorTomás Gimenez Duart

La doctrina es clara en lo relativo a las cuestiones de legitimaciÛn.

Desde una perspectiva sustantiva, el defecto alegado en la nota de calificaciÛn (falta de expresiÛn de la duraciÛn del cargo de administrador de una S.L.) hoy est· felizmente superado por el art. 60.1 LSRL de 1995.

Es de destacar tambiÈn la peticiÛn del letrado recurrente en orden a que en la resoluciÛn del C.D. "se exprese el recurso o vÌa procedente para solicitar su revisiÛn...

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