1861l96l

AutorRafael Gómez Pavón
CargoRegistrador de la Propiedad
Páginas725-730

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En 8 de febrero de 1961 Dios mediante se cumplirá el primer centenario de uno de los más ilustres monumentos jurídicos españoles : el conocido por «Ley Hipotecaria».

¿Cuál era el panorama jurídico de la propiedad española en este año de 1861 ? Basta, aunque no sea más que por recreo del buen gusto ante las buenas letras, ante un castellano limpio, claro, conciso y exacto, leer a mí me gusta hacerlo de vez en vez ese pórtico ya clásico que es la «Exposición de Motivos», que también tiene buenas segundas partes. Por ella vemos el propósito de limpiar la propiedad nacional de la piratería circundante, >de las cargas clandestinas, de librar al crédito de la usura despiadada, de velar por el patrimonio y derechos de huérfanos y mujeres y, en definitiva, de asentar un sector importantísimo de la economía nacional sobre inconmovibles cimientos. Un peco prematura

Porque, Sin entrar en otros aspectos de la misma, de otras importantísimas influencias que a través de les años de su vida han ido derivándose, en aquella Ley se le confió la guarda y custodia del más fino instrumento jurídico hasta entonces ideado, el Registro de la Propiedad, inmueble, al Cuerpo; de Registradores. Ya existían entonPage 726

[FALTA TEXTO]

cial ; eran oficios enajenados, pues hasta la Ley de 1857 no se determinan los estudios de la carrera de Notario, y hasta la de 1862después de la Ley Hipotecaria no se pide, cemo condición alternativa, ser Abogado para peder dar fe pública extrajudicial, título ya imprescindible para los Registradores que habían de poner en marcha la nueva Ley que tan revolucionariamente organizaba el régimen inmobiliario; y no solamente se les exigían los estudios de Abogacía, sino también cierta edad y determinado número de años de ejercicio profesional. Es decir, funcionarios seleccionades para aplicar e interpretar unas normas en las que sus autores habían fundado las más firmes» esperanzas. Más: tarde aun había de depurarse más la selección per medio de las oposiciones, en las que no valían los «apuntes» ni regían programas a largo plazo; éstos se publicaban pocos días antes, de manera que la preparación exigía una previa orientación y especialización desde los estudies de Facultad, y una gran extensión de los conocimientos romanísticos y tradicionales. Como contrapartida, los estudios de carácter inmobiliariocientífico estaban en sus comjienzos, y los nuevos funcionarios tenían que «operar» con resabios civiles: sobre el articulado de la Ley. Para mí, aquellas primeras generaciones de Registradores tienen un mérito extraordinario. Los sucesores: de los escribanos no estaban todavía a la altura necesaria en la redacción de...

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