Introducción

AutorJuan Antonio Gómez García
Páginas9-18

Page 9

Se ha convertido casi en un tópico la afirmación de que la ley está en crisis. En su versión contemporánea, a pesar de erigirse en expresión paradigmática de lo jurídico, la ley se encuentra afectada, sin embargo, por multitud de problemas que atestiguan sus insuficiencias como modelo y como referente práctico, de ahí que parezca necesaria una reflexión que pueda aportar soluciones reformistas, o incluso alternativas, por parte del filósofo, del politó-logo y del jurista.

Existen numerosas manifestaciones de tal crisis: una absoluta desnaturalización de la ley bajo un voluntarismo extremo (deudor de la concepción moderna de ley) y que ha acabado sometiendo su racionalidad, bajo un nominalismo exacerbado, a una suerte de legismo indiscriminado y sin control; el desdibujamiento entre los poderes del Estado democrático de derecho con una progresiva y alarmante supeditación del poder legislativo al ejecutivo, bajo la simple regla de las mayorías parlamentarias y de las partitocracias sobre las que éstas se apoyan en las democracias actuales; la multiplicación de los entes administrativos que se encuentran revestidos de potestas de una manera absoluta, con poder de facto, para legislar sin conciencia de límite sobre su propia capacidad bajo el barniz democrático que les ha otorgado su condición formalmente representativa del cuerpo social; la consecuente elefantiasis normativa, motivada por la desenfrenada e insaciable acción legislativa de tantos y tan diversos poderes, y la consiguiente inutilidad y el carácter efímero de la mayoría de las leyes debido a la premura, la precipitación y la improvisación con que han sido

Page 10

elaboradas (no digamos ya, la deficiente calidad textual de muchas de ellas motivada por estas razones), etc…

Todas estas circunstancias han llevado a convertir a la ley en una especie cualificada de ordenanza (atiéndase, en este aspecto, al apabullante decretismo que padecemos) minando la importancia y la preeminencia que debe tener, como elemento central de la vida jurídica de los Estados contemporáneos, y poniendo sobre el tapete la necesidad, cada vez más perentoria y urgente, de ofrecer respuestas, tanto desde la teoría como desde la práctica, que permitan recuperar el clásico concepto de ley como expresión formal de lo jurídico en aras del bien común, en unas sociedades como las actuales, tan poliédricas, diversas y heterogéneas.

Este cuadro –regido en afortunada expresión de Miguel Ayuso, por la todopoderosa ley impotente1–, nos aboca directamente a la cuestión de la legitimidad, muy relegada en nuestros modelos democráticos actuales. Muy recientemente, el filósofo italiano Giorgio Agamben ha destacado la trascendencia que ha adquirido la cuestión de la legitimidad en nuestras actuales sociedades post-modernas, a propósito de la reciente renuncia del Papa Benedicto XVI a su pontificado, destacando la ejemplaridad de su gesto como estímulo para la regeneración de las democracias, al remitir a cuestiones tan básicas en la politeia como el mismo problema del mal y de la injusticia en el mundo, bastante olvidado al considerarse resuelto bajo los patrones del procedimentalismo formalista liberal. Precisamente, dice Agamben, la cuestión de la legitimidad se nos presenta en toda su necesidad y vigor en el momento en que la ilegalidad invade hasta tal punto la acción de los poderes y de las instituciones, que se ha perdido ya la misma conciencia de legitimidad. Y es que, lamentablemente, en las sociedades siguen existiendo el mal y la injusticia, y estos problemas no pueden resolverse del todo en el plano puramente normativo, so pena de mixtificarlos, produciéndose así fracturas sociales que

Page 11

pueden llegar a ser irreparables, y lo que es más grave políticamente, ingobernables2.

La tozudez de la realidad cotidiana de nuestras democracias está poniendo de manifiesto que los intentos por reducir la política a algo puramente técnico-administrativo (a la gestión de lo público, se dice ufana y paradójicamente, incluso por los propios políticos), donde lo legal y lo legítimo se confunden bajo una perspectiva puramente jurídica o procedimental que parte del paradigma liberal del mercado autosuficiente y autorregulado, no comportan la eliminación de la cuestión de la legitimidad (en última instancia, de la justicia y el derecho), mostrando hasta qué punto resulta inútil (y por ello injusto) el modelo económico-jurídico tecnicista imperante para realizar el bien común. Aquí radica una de las claves fundamentales para explicar la actual situación de desafección política extendida entre la ciudadanía –y que tanto mal está haciendo para la concepción y el ejercicio de una auténtica políti...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR