Introducción

AutorSebastiano Tafaro
Páginas11-13
Introducción
He considerado útil aunar algunas de mis re exiones sobre el
papel central que desempeña el hombre en el derecho.
Destinado principalmente a los estudiantes, parte del texto es
una reelaboración de re exiones que ya expuse en otros trabajos y
que ahora me ha parecido oportuno reunir en un contexto más orgá-
nico con el n de resaltar la característica del ius que a los juristas
romanos les parecía que era la principal.
Del gran peso de la tradición que se deriva del esquema adop-
tado en el siglo II d.C. en los comentarii de Gayo, seguido casi
a pies juntillas en las Institutiones de Justiniano, no surge el pa-
pel central de la persona. El Derecho Romano ha sido examina-
do sectorialmente (personas, cosas y medidas procesales) con el
riesgo de no permitir que se perciba que la condición humana es
el objetivo y sin ella el ius parecía vano; por tanto, de escasa re-
levancia e interés.
Hoy en día, la percepción de la relación directa y central en-
tre derecho y hombre-persona está determinada por las categorías
de personalidad jurídica y por los elementos que la integran: la
capacidad jurídica y capacidad de obrar. Estos elementos que
conforman la personalidad jurídica, especialmente en el análisis
histórico, pueden ser engañosos en el medida en que parecen su-
poner la existencia de una autoridad (que hoy son los Estados
nacionales o los ordenamientos supranacionales) capacitada
para a rmar, a través del reconocimiento o no de la personali-
dad jurídica, que las personas tienen dicha personalidad, con la
evidente consecuencia de poder excluir del reconocimiento, esto

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