Belice

AutorAntonio Lopera Perales
CargoNotario
Páginas49-54

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I Requisitos formales de constitución

La Oficina del Procurador General, asistida por los registradores o notarios nombrados por el Gobierno, asume la responsabilidad del control de la formación y administración de las sociedades.

Exige la presentación al Registrador de Sociedades de la memoria y los estatutos de la sociedad, en los que se hagan constar:

* el nombre de la compañía

* la dirección

* el capital autorizado

* el fin.

El Registrador, tras verificar los datos, emitirá un certificado de incorporación y la sociedad será insertada en un Registro Central.

II Tipos sociales

La sociedad puede ser:

* Limitada, por acciones o garantía.

* Responsabilidad ilimitada.

* Pública, tiene que tener un mínimo de siete socios y puede emitir acciones al público.

* Privada. Las sociedades privadas tienen prohibido ofrecer acciones al público, limitado el número de poseedores de acciones a cincuenta y restringida la transferencia de dichas acciones.

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Ley de Sociedades de Belice está basada en la Ley de Sociedades Británica, por ello no resulta extraño que las mismas sociedades estén formadas y administradas en forma similar a las sociedades inglesas.

La jurisdicción existente en Belice, aunque con algún desarrollo propio, es la heredada de Gran Bretaña.

III Representación y administración

Las sociedades nacionales deben contar, al menos, con un director y un secretario. Las sociedades nacionales deben celebrar, al menos, una asamblea anual y tener en Belice una oficina registrada y, además, deben elaborar anualmente un documento en el que enumeren, entre otros, el detalle de los directores y accionistas, y en el caso de sociedades públicas, los estados financieros .

Las sociedades pagan el 25 por 100 de sus beneficios netos en impuestos. Hay varios programas que otorgan exenciones temporales a las sociedades, entre los que destacan los de incentivos fiscales, que contemplan la posibilidad de exenciones fiscales por un tiempo que varía entre cinco a veinticinco años. También están sometidas a control de cambios, en el caso de salida o entrada de divisas.

En los últimos años se han elaborado propuestas para la renovación de la legislación mercantil. La nueva legislación mantendría el modelo británico, pero con algunas adaptaciones y conceptos copiados de Estados Unidos.

IV...

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