Introducción

AutorAna Isabel Clemente Fernández
Páginas13-20

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La búsqueda del significado originario del término auctoritas constituye el tema central y objeto del presente trabajo de investigación. El hecho de emprender un estudio sobre esta cuestión no se encuentra carente de argumentos justificativos en su favor, pues un alegato cargado de razones nos incita y estimula a acometer un estudio encaminado a averiguar la significación de la voz auctoritas, o al menos a aproximarnos todo lo que sea posible al sentido más genuino de nuestra palabra en análisis. No en vano afirmaba el prof. M. BRETONE1que toda investigación ha de comenzar por las palabras, puesto que a través del léxico descubrimos conceptos.

Así, como estímulo inicial que motiva nuestra tarea, alegamos los enfoques no muy apropiados que la doctrina tradicionalmente ha empleado si la pretensión era la de hallar un significado unitario de la palabra auctoritas. En este sentido, hemos de hacer notar que la doctrina romanística, por regla general, ha estudiado el concepto de auctoritas en su aplicación a personas, instituciones o situaciones particulares, intentando desentrañar el sentido de la auctoritas de Augusto, de la auctoritas patrum, de la auctoritas en la mancipatio, con relación al usus, etc., etc. En algunos casos, al hilo de tales investigaciones, se ha tratado de encontrar un significado común entre algunas de esas manifestaciones, se ha negado a priori tal posibilidad o se ha partido de generalizaciones supuestamente aplicables sólo a alguno de los ámbitos jurídicos. En pocos casos, ante la magnitud de

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estudios parciales, la búsqueda de un posible significado unitario del término auctoritas ha sido un tema que ha preocupado y del que se han ocupado los romanistas, junto con algunos filólogos.

También debe señalarse que la auctoritas ha sido objeto de espléndidos trabajos en la doctrina romanística española, encabezados por las interesantes reflexiones del prof. A. D’ORS2. Precisamente, en nuestra doctrina, encontramos el último esfuerzo por buscar ese significado unitario del que hablábamos: nos referimos al artículo de la profra. CASTRESANA3, “En busca de un significado unitario del término «auctoritas»”, que, desde su amplia formación humanística, aborda la cuestión planteada sin llegar a establecer dicho significado.

Por tanto, aunque no podamos afirmar que el tema de la auctoritas romana y del sentido unívoco de la citada palabra no haya estado presente en las investigaciones doctrinales, sí que estimamos que el prisma que se ha adoptado en tales análisis no ha resultado del todo adecuado o atinado y que, en aquellas escasas ocasiones en que los exámenes de la cuestión en curso no han sido parciales, los resultados obtenidos no pueden ser calificados como plenamente satisfactorios.

De ahí nace principalmente nuestro empeño y esfuerzo de llevar a cabo un análisis, un estudio, una investigación y, consecuentemente, una reflexión que deseamos resulten fundamentalmente renovadoras, a la vez que promotoras de un nuevo tratamiento en el quehacer destinado a la búsqueda de un significado unitario del término auctoritas que, por otra parte, constituye una noción romana no exenta de complejidad y de relevancia para el Derecho y para la colectividad romana, lo que unido al hecho de encontrarnos con escasas fuentes directas, evidencia que se trata de un tema que nunca deja de estar lo suficientemente tratado, y ello motiva y sugiere nuevos estudios e investigaciones sobre el mismo.

Por nuestra parte, buscamos la elucidación del término auctoritas, la búsqueda del núcleo esencial de su significado, que pensamos debe coincidir con un significado unitario respecto de las

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diversas aplicaciones de la voz auctoritas y que debe aproximarse a su sentido original. Consideramos que la labor de asignar significados precisos a los términos bajo elucidación resulta una cuestión de síntesis juiciosa, de reconstrucción racional, más que un análisis simplemente descriptivo. Las elucidaciones, teniendo en cuenta la naturaleza de propuestas, no pueden clasificarse como verdaderas o falsas, ni son una cuestión de convención arbitraria. Una elucidación de un conjunto dado de términos combina aspectos de análisis de significado y análisis empírico, pretende reducir las limitaciones, ambigüedades e inconsistencias de su uso ordinario, proponiendo una reinterpretación para mejorar la claridad y precisión de sus significados, así como su habilidad para funcionar en hipótesis y teorías con fuerza explicatoria y predictiva. No puede ser por ello clasificada como verdadera o falsa, pero sí puede adjudicársele una mayor o menor adecuación, así como un potencial teórico más o menos fructífero. Este proceso de dilucidación que aducimos se presenta como un nuevo enfoque en...

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