Introducción

AutorAntonio Ruiz Ballón
Páginas15-59
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INTRODUCCIÓN
1. Objeto, objetivos, problema e hipótesis
Hijo de una mujer que creció en una notable diversidad cultural antes de
asentarse en España, a los dos años de edad perdió a su padre, un militar
español que murió luchando contra Napoleón: quizás metáforas de la vida de
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las tensiones entre razón y religión ya entrado el siglo XIX, Pedro Gómez de la
Serna Tully (1806-1871) fue un jurista español de virtudes católicas, un políti-
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ser un notable agente de las nuevas virtudes constitucionales. Una personali-
dad cautelosa pero intensa, inmerso en un mundo de autoritarismos pasaje-
ros que gestionan la decadencia y la superación de viejas cosmovisiones, “un
laberinto político, cada vez más intrincado, que puso a todos y a todo en tela
de juicio”1, un mundo poblado de inercias y fatigas sociales que, como recuer-
da Isabel Burdiel, los periódicos franceses, a la muerte de Isabel II en 1904,
describiendo sus días como Reina, señalaron como una época marcada por la
“intransigencia religiosa, la falta de educación de un pueblo embrutecido, la
ambición de sus generales y de sus políticos, el cainismo español, los pronun-
ciamientos, las cuarteladas y las revoluciones”2, un mundo –añadamos– en el
que la necesidad de una nueva economía produce fracturas maleables sobre
intereses temporales y creencias espirituales, expresadas en una fragilidad e
incertidumbre intelectual y política3 desprendidas de un tiempo jurisdiccio-
1 Isabel
BURDIEL
, 2010, p. 22.
2 Ibíd. p. 14.
3 No es, en contraste, el tipo de marco cultural y político en el que se desen-
vuelve parte de la biografía elaborada por Antonio
SERRANO GONZÁLEZ
, Un día de la vida de
José Castán Tobeñas, Valencia, 2001; donde la loza autoritaria del franquismo, en la que
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nal que quiere sobrevivir4 frente al racionalismo, y que el reconocido jurista
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en primera persona en la liberalización de la universidad de Alcalá y la trans-
formación de las estructuras políticas en España durante su juventud; en
su madurez, seguramente entre respetados méritos intelectuales, ambiguas
alianzas políticas y lazos de amistad, logró abordar con autoridad el queha-
cer del derecho: jurista técnico en el Parlamento, fue requerido en casi todas
las reformas de la legislación civil y de la instrucción pública de su tiempo;
afamado litigante en el foro, escritor de libros de texto fundamentales en el
discurso académico de la facultad de derecho, fue por muchos años director
y redactor principal de la Revista General de Legislación y Jurisprudencia5;
volvió a la cátedra treinta años más tarde dictando “Legislación Comparada”,
en el doctorado, hasta que estalló la primera cuestión universitaria y la reac-
ción neocatólica parece presionar su salida. Con el “Sexenio”, entre atisbos de
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el Tribunal Supremo y gestionando su transformación. Es el hombre de la
tolerancia y la curiosidad intelectual que abre posibilidades, el progresista
que ingresa en la Unión Liberal, el que favorece sin aspavientos el krausismo,
el que renegaría de la misma Escuela Histórica alemana que desde el regre-
so de su exilio inglés con tanto ahínco defendió en el Congreso para resistir
la llegada del Código Civil. Es el jurista que aspira a separar la ciencia de la
política, el que participa activamente, pero seguramente lleno de contradic-
ciones y miedos, en la construcción de una nueva legalidad, proceso sobre
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moderan los mitos de unas precauciones historicistas caramente agradecidas
en Barcelona.
Trazos fundamentales estos de la vida Pedro Gómez de la Serna Tully
que han sido el objeto principal de nuestra investigación, cuyo objetivo gené-
cuajaría bien la personalidad del protagonista, impone una oquedad de tensiones sociales
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de aquella España.
4 Respecto a la cultura jurisdiccional que se extiende hasta el siglo XIX recuerda
Carlos
PETIT (2012,
p. 365) que António M.
HESPANHA
, (en Carlos
PETIT
, 1990, pp. 15-52) ya
señalaba la “condición híbrida” del siglo XIX; por otro lado, es imprescindible el trabajo de
Carlos
GARRIGA
y Marta
LORENTE
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mente pp. 43-72; y más reciente, sobre derecho civil el propio Carlos
PETIT, 2008
.
5 En adelante RGLJ o la Revista. Usaremos la abreviatura RGLJ para las refe-
la Revista para el texto principal.
ANTONIO RUIZ BALLÓN
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me a las necesidades actuales de la historia del derecho, de manera que ello
pueda servir, en este caso, para comprender las condiciones o circunstancias
desde las que el jurista contribuyó con el derecho de su tiempo, lo cual a su
vez puede también contribuir a aproximarnos a los fundamentos y algunos
alcances de su pensamiento.
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pimero, elaborar una biografía amplia; segundo, profundizar el ligero cono-
cimiento existente sobre la vinculación del jurista con la escuela histórica del
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haustivamente toda la obra del autor a partir de una propuesta de cataloga-
ción de la misma.
Así, el problema principal que pretende resolver esta investigación se
puede plantear en esta pregunta general: ¿quién fue como jurista, más allá
sus conocidas “apariencias públicas”6, Pedro Gómez de la Serna Tully? La ne-
   -
velado durante la propia investigación: la riqueza y la intensidad de una vida
fecunda, enfocada como pocas en las diversas facetas del derecho, así como la
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comprensión del derecho del siglo XIX en España. Esa misma circunstancia
–la riqueza vital del jurista y la vastedad de su producción intelectual– es la
que nos ha llevado a enfocar su pensamiento en el periodo en que se gesta
y asienta su vinculación con el historicismo, esto es la segunda mitad de los
años cuarenta, sin que por ello dejemos de recorrer sus manifestaciones en
el campo político a lo largo de su vida. Entonces, se trata de explorar genero-
samente una vida y de enfocar, en principio, un periodo limitado de su desa-
rrollo intelectual.
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J. C.
DAVIS,
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una “historia de las apariencias públicas de un individuo”, pues en cierto modo “la socia-
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DAVIS,
“Decadencia
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DAVIS
e
Isabel
BURDIEL
(eds.), El otro el mismo: Biografía y autobiografía en Europa, Universitat
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muchas de las posteriores y aun parcialmente la nuestra.
PEDRO GÓMEZ DE LA SERNA

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