Reseñas

AutorCésar Albiñana García Quintana
CargoCMS Albiñana & Suárez de Lezo
1) Sentencia del TC, de 2 de junio de 2003, en la que se aplican los artículos 14 y 24 1 de la Constitución en respuestas judiciales distintas y supuestos de hecho idénticos

Se trata de asunto no tributario que, sin embargo, se reseña en este BOLETÍN. Fue dictada en recurso de amparo siendo ponente el Sr. Gay Montalvo. El recurrente alegó que se vulneró el principio de igualdad en la aplicación de la Ley (artículo 14 citado) porque el TS estimó el recurso de casación interpuesto por una entidad territorial, revocando así la sentencia que le reconocía el derecho reclamado, cuando en caso idéntico al suyo, enjuiciado pocas semanas antes, el mismo órgano judicial había procedido a desestimar sin embargo un recurso interpuesto en los mismos términos y por la misma entidad pública, reconociendo, en consecuencia a otra funcionaria el derecho que ahora a él se le negaba. Resultado contradictorio que se había producido, además, sin que en momento alguno el órgano judicial hubiera justificado la causa del diferente trato, ni motivado el cambio de criterio adoptado.

A juicio del demandante de amparo tal situación vulnera, asimismo, su derecho a una tutela judicial efectiva (artículo 24.1 antes mencionado) al incurrir la resolución judicial en arbitrariedad y falta de motivación.

La demanda de amparo implica una queja. La ausencia de toda motivación que justifique en términos generalizables el cambio de criterio, bien lo sea para separarse de una línea doctrinal previa y consolidada a fin de excluir la arbitrariedad o la inadvertencia. En las actuaciones que se consideran permiten concluir que concurren en este supuesto los requisitos exigidos por la doctrina del TS, en orden a realizar y apreciar un juicio de desigual aplicación de la Ley por el mismo órgano judicial. En consecuencia, se afirma, la sentencia recurrida en amparo carece de una justificación razonable que permita excluir la posible apreciación de arbitrariedad o la inadvertencia en el cambio de criterio efectuado, lo que la convierte en lesiva al principio de igualdad en la aplicación de la Ley según el artículo 14 de la Constitución Española. Esta vulneración del principio de igualdad en la aplicación de la Ley obliga a otorgar el amparo solicitado, concluye la...

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