Agentes cancerígenos

AutorAudelco
Cargo del AutorAgentes cancerígenos

LEGISLACIÓN:

{Real Decreto 665/1997; vid=1.127259.3}, de 12 de mayo, de protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo, modificado por el {Real Decreto 1124/2000, de 16 de junio; vid=1.128184.3}.

Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas. (Y sus modificaciones)

Real Decreto 1406/1989 de 10 de noviembre, por el que se imponen limitaciones a la comercialización y al uso de ciertas sustancias y preparados peligrosos

JURISPRUDENCIA:

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Sala de lo Social, de 5 abril 1994. Recurso de Suplicación núm. 184/1994.

{Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 4ª, de 4 febrero 1997. Recurso contencioso-administrativo núm. 484/1992; vid=1.10609.11}.

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, Sala de lo Social, de 22 septiembre 1995, núm. 912/1995. Recurso de Suplicación núm. 410/1995.

AGENTES CANCERÍGENOS

El {Real Decreto 665/1997; vid=1.127259.3}, establece las disposiciones mínimas aplicables a las actividades en las que los trabajadores estén o puedan estar expuestos a agentes cancerígenos como consecuencia de su trabajo.

Hay que tener en cuenta que existen disposiciones específicas para determinados agentes o actividades cancerígenos y la relativa a la protección sanitaria contra las radiaciones ionizantes. También la protección de los trabajadores frente a los riesgos derivados de exposiciones al amianto y al cloruro de vinilo monómero, pero serán de aplicación las disposiciones de este Real Decreto cuando sean más favorables.

Por otra parte, el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, elaborará y mantendrá actualizada una Guía Técnica, no vinculante, para la evaluación de los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo.

Definiciones.

Agente cancerígeno:

Sustancia o preparado que contenga alguna sustancia, que cumplan los criterios para su clasificación como cancerígeno de 1ª o 2ª categoría, establecidos en la normativa relativa a notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas. (RD 363/1995, de 10 de marzo)

Las siguientes sustancias, preparados o procedimientos, así como una sustancia o preparado que se produzca durante uno de estos procedimientos (Anexo I):

Fabricación de auramina.

Trabajos que supongan exposición a los hidrocarburos aromáticos policíclicos presentes en el hollín, el alquitrán o la brea de hulla.

Trabajos que supongan exposición al polvo, al humo o a las nieblas producidas durante la calcinación y el afinado eléctrico de las matas de níquel.

Procedimiento con ácido fuerte en la fabricación de alcohol isopropílico.

OBLIGACIONES DEL EMPRESARIO

Identificación y evaluación de riesgos.

La evaluación deberá tener en cuenta toda posible vía de entrada al organismo o tipo de...

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