Planes de emergencia en lugares de pública concurrencia

Cargo del AutorPlanes de emergencia en lugares de pública concurrencia
protección. Guía para el desarrollo del plan de emergencia contra incen-
dios y de evacuación de locales y edificios" describe en cuatro documen-
tos, que a continuación resumimos, los pasos que se deben realizar para
evaluar el riesgo, redactar e implantar un plan de emergencia.
Un PLAN DE EMERGENCIA es la planificación y organización huma-
na para la utilización óptima de los medios técnicos previstos, con la finali-
dad de reducir al mínimo las posibles consecuencias humanas o econÓmi-
cas que pudieran derivarse de la situación de emergencia-
Para ayudar a elaborar un plan de emergencia, la Orden del 29-11-
1984 del Ministerio del Interior, Protección Civil, titulada- "Manual de Auto-
nEVALUACIÓN DEL RIESGO
Evaluar el riesgo significa identificar, valorar y localizar en el
edificio el riesgo potencial de incendio. Para su identifica-
ción, tal como señala el documento 1, hay que indicar deta-
lladamente las situaciones peligrosas existentes.
Se deben tener en cuenta el emplazamiento del estableci-
miento, la situación de los accesos, la anchura de las vías
públicas, la accesibilidad de los vehículos de bomberos, la
ubicación de hidrantes, las vías de evacuación, las activida-
des que se desarrollan, el número máximo de personas que
se han de evaluar, etc.
Para la evaluación, utiliza el criterio del riesgo intrínseco en
función de su uso, de la ocupación, superficie de la actividad
y altura de los edificios. Ello permite clasificar el nivel de
riesgo en: alto, medio y bajo.
Las condiciones de evacuación de cada planta del edificio
deberán evaluarse en función del cumplimiento o no de la
normativa vigente.
La información recopilada deberá representarse a escala en
planos de formato manejable, incluyendo una memoria don-
de se analicen los aspectos citados.
Deben realizarse tres ejemplares: uno para el cuerpo de
bomberos, otro para la dirección del establecimiento y el ter-
cero para depositarlo en un armario o similar situado en la
entrada principal del edificio con la inscripción: «uso exclusi-
vobomberos»,
~ MEDIOS DE PROTECCIÓN
~ El documento 2 indica que deben relacionarse tanto los me-
dios técnicos como los humanos necesarios o disponibles
para la autoprotección. Hay que describir las instalaciones
de detección, las de alarma, los equipos de extinción de in-
cendios, los alumbrados especiales, los medios de socorro y
rescate, etc...
También se debe efectuar una descripción detallada de los
medios humanos disponibles para participar en las acciones
de autoprotección.
La localización de los medios de protección y las vías de
evacuación existentes se representarán gráficamente en
planos manejables ya escala adecuada.
Se realizarán tres ejemplares distribuyéndolos de forma
idéntica a los anteriormente indicados.
~ PLAN DE EMERGENCIA
~ En el documento 3 se expone cómo elaborar un esquema
de las actuaciones que hay que llevar a cabo en caso de
emergencia.
Para ser operativo, el plan de emergencia ha de tener res-
puesta clara, concreta y concisa a las preguntas: ¿qué se
hará? , ¿quién lo hará? .¿cuándo? , ¿cómo? y ¿dónde se
hará?
Se elaborará el plan de actuación teniendo en cuenta la gra-
vedad de la emergencia; ésta puede ser: conato de emer-
gencia, emergencia parcial y emergencia general.
En función de la disponibilidad de medios humanos, los pla-
nes de actuación pueden clasificarse en diurnos, nocturnos,
festivos y vacacionales.
Las distintas emergencias requerirán la intervención de per-
sonas y medios para garantizar en todo momento la alerta,
que pondrá en acción al personal de primera intervención, la
alarma para la evacuación de los ocupantes, la intervención
para el control de las emergencias y el apoyo para la recep-
ción e información a los servicios de ayuda exterior.
Hay que tener en cuenta la constitución de equipos de
emergencia de alarma y evacuación, de primeros auxilios,
de primera intervención (personas con conocimiento del fue-
go, métodos de extinción, agentes extintores, extintores por-
tátiles, prácticas de extinción, etc), de segunda intervención
(brigada contra incendios), del jefe de intervención (direc-
ción y coordinación de equipos de intervención) y del jefe de
Emergencia (dirección máxima del Plan de Emergencia).
Fj1IMPLANTACIÓN
aJ Las medidas para asegurar la eficacia del Plan de Emergen-
cia constituye el documento nQ 4.
Entre estas medidas se encuentra la que indica que el jefe
de emergencia o del comité de emergencia debe coordinar
las acciones necesarias para la implantación y manteni-
miento del Plan de emergencia.
También se debe incluir un programa de mantenimiento de
las instalaciones peligrosas y de los medios de prevención y
protección exigibles según la legislación vigente.
Se deben realizar reuniones informativas a las que asistirán
todos los ocupantes habituales del edificio, en la que se ex-
plicará el plan de emergencia.
Para información de visitantes y usuarios se dispondrán car-
teles con consignas sobre prevención de riesgos y actua-
ción en caso de emergencia.
El Manual de Autoprotección aconseja efectuar, al menos
una vez al año, simulacros y fijar un calendario de activida-
des y su desarrollo para la implantación del Plan de Emer-
gencia y su control.
GENERAL
.Art. 20 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. BOE
nQ 269, 10-XI-95.
.Orden de 19-11-1984 del Ministerio del Interior. Protección
Civil. "Manual de Autoprotección. Guía para el desarrollo del
plan de emergencia contra incendios y de evacuación de lo-
cales y edificios".
ESPECíFICA
En el cuadro se relaciona la normativa de carácter estatal
existente que contempla la obligatoriedad de implantar planes
de emergencia en determinados edificios, sea por su actividad,
por sus características constructivas o por su ocupación.
1999- Prevención, Trabajo y Salud n° 1

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