Seguro de Accidentes (Arts. 100 a 104)
Índice
- Póliza de seguro de accidentes. La limitación de la cuantía indemnizatoria pactada en las condiciones particulares tiene la consideración de cláusula limitativa de los derechos del asegurado
- Seguro de accidentes. El computo de los intereses del artículo 20 de la LCS se hará desde la fecha del accidente y no desde la fecha de la declaración de incapacidad
- Se cumple con los requisitos del artículo 3 de la LCS, cuando la cláusula limitativa se incluye en un documento aparte, firmado por el asegurado, al que se hace referencia en las condiciones particulares
- El momento de producción del siniestro como presupuesto de validez del contrato de seguro en virtud del artículo 4 de la LCS
- Seguro de convenio colectivo de accidentes. Se considera delimitadora la cláusula que establece la vigencia de la póliza al tiempo de declararse administrativa o judicialmente la existencia de la incapacidad permanente