La violencia de genero: Una mirada desde el trabajo social

AutorAntonia Hernández Hernández
Cargo del AutorProfesora Titular de Trabajo Social y Servicios Sociales Seminario de Estudios para la Intervención Social y Educativa (SEPISE). Universidad de Granada
Páginas11-128

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“Ahora más que nunca la causa de la mujer es la causa de toda humanidad”

Boutros Ghali (Ex -Secretario General de la ONU)

I Violencia de genero e intervención social

La violencia de género está considerada como el símbolo más extremo de la desigualdad existente en nuestra sociedad y aunque cada día existe mayor conciencia, tanto a nivel público como privado, la realidad es que las agresiones no cesan y es excepcional el día que no nos levantamos con la información de un nuevo caso de agresión, con (o sin) resultado de muerte1.

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El trabajo que las organizaciones de mujeres y las instituciones y servicios dedicadas a la atención de las víctimas de delitos de violencia de género (mujeres maltratadas) vienen haciendo desde la década de los 80 atendiendo y luchando en contra de ciertos valores negativos y dañinos para las mujeres, es por todos conocido. Sin embargo, conscientes de que este es un problema estructural de la sociedad2, como tal, necesita el consorcio de todos para neutralizarlo. Esto llevó a que los poderes públicos, a través de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, se implicasen en el mismo. La Ley reconoce que ante un problema transversal como éste, necesita la colaboración, la coordinación y el esfuerzo, que ha de ser conjunto, entre: afectadas, ciudadanos, asociaciones de mujeres, instituciones, servicios y poderes públicos.

“Tenemos que conseguir que una Ley que fue aprobada por unanimidad por todos los grupos políticos del Congreso de los Diputados, consiga también el compromiso del resto de los agentes que interactúan con las mujeres maltratadas” 3 .

El ámbito de la Ley, por tanto, es integral. Lo que significa que aborda el problema tanto a niveles preventivos como asistenciales, sin descuidar la integración social. En su dimensión preventiva, apela al principio de subsidiaridad entre las Administraciones públicas: sistema educativo, judicial, sistema social... con el fin de que todos ellos, a través de la consecución de sus objetivos, integren la toma de conciencia individual y colectiva, hacia la sociedad. En el terre- no asistencial apoyando la atención de las y los afectados (sobretodo los hijos), creando recursos y servicios para atenderlos y apoyar su integración.

La Ley, que fue elaborada siguiendo las recomendaciones de la Unión Europea y del Consejo de Europa, ha supuesto un salto cuantitativo y cualitativo al proveer al Estado Español de una herramienta jurídica compleja para combatir la violencia de género en la pareja.

“Esta Ley se sostiene en tres pilares4:

• Los derechos de las mujeres víctimas de violencia de género en el ámbito de la pareja, como pueden ser los derechos laborales, de asistencia jurídica gratuita, de atención social y acceso preferente a la vivienda de protección oficial y residencias públicas para personas de tercera edad.

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• Medidas dirigidas a modificar la estructura patriarcal de la sociedad, como son las de educación, sensibilización, prevención y contra la publicidad discriminatoria.

• Medidas penales y judiciales orientadas a la concreción de la sanción de la violencia contra la mujer y a la minimización del efecto de la victimización secundaria que se deriva de la actuación de la Administración de Justicia”.

De entre el conjunto integral de medidas y fines que el Estado articula y apoya para su consecución, las que entran de lleno en el campo del Trabajo Social son:

  1. Fortalecer las medidas de sensibilización ciudadana, dotando a los poderes públicos de instrumentos eficaces en el ámbito educativo, servicios sociales, sanitario, publicitario y mediático.

  2. Reforzar los servicios sociales de información, de atención, de emergencia, de apoyo y de recuperación integral, así como establecer un sistema para la más eficaz coordinación de los servicios ya existentes a nivel municipal y autonómico.

  3. Garantizar derechos económicos para las mujeres víctimas de violencia de género, con el fin de facilitar su integración social.

    4,. Promover la colaboración y participación de las entidades, asociaciones y organizaciones que desde la sociedad civil actúan contra la violencia de género.

  4. Fomentar la especialización de los colectivos profesionales que inter- vienen en el proceso de información, atención y protección a las víctimas.

II Los planes como instrumento básico para la igualdad de genero

Los esfuerzos de las españolas más comprometidas con la igualdad se inician en plena transición, sin embargo, no será hasta 1983 cuando se crea el IM5 y cinco años mas tarde el primer Plan de igualdad de Oportunidades para la Mujer y sus réplicas en las Comunidades Autónomas. Para BUSTELO6, se puede considerar este año, el año 1988, como el punto de partida del feminismo institucional o de Estado en el nivel autonómico. El Feminismo de Estado no llegará hasta el año 1994, cuando el IM español es comparable, en todos los aspectos, a las instituciones de igualdad de otros estados occidentales. Hemos llegado diez años mas tarde, pero hemos crecido muy rápidamente.

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La creación del IM7 en 1983, supuso un primer avance en el reconocimiento de la situación de la mujer en España. La mayoría estaban relegadas en lo económico, en lo social, en lo político y en lo cultural. Los primeros objetivos se centraron en conocer la situación real de las mujeres, pues no había datos. Se diseñaron campañas de sensibilización dirigidas a la población en general pero, sobre todo, a las mujeres para que se empezaran a dar cuenta de que eran personas pero no eran ciudadanas. Se activaron servicios para el control de la natalidad y campañas de prevención de las enfermedades de transmisión sexual8. Se ayudó en la elaboración de la propuesta de Ley Orgánica sobre el aborto que más tarde será presentado en el Congreso de los Diputados y por último se empieza la movilización en contra de la violencia doméstica, apoyando la creación de lo que podríamos denominar: protoservicios9. Se trataba de ir contra la violencia hacia la mujer madre y esposa e iniciar contactos con el Gobierno Civil para que las mujeres pudiesen denunciar en comisaría y que, una vez allí, le aceptasen la denuncia. Estos serian, a groso modo, los objetivos, de ese I Plan de Igualdad de Oportunidades para las Mujeres (1988-1990) que a decir de sus diseñadoras, “costó mucho esfuerzo implementar. Fue casi revolucionario”.

Ahora, en la actualidad, el énfasis está puesto en otro lado. Ya no se trata de defender a la mujer ama de casa, se trata de defender, proteger y castigar ante la agresión intolerable contra las mujeres por el hecho de ser mujer. Queremos que a las mujeres (mas del 50 % de la población) se nos reconozca la condición de ciudadanas, derecho que se nos negó desde la Revolución Francesa.

Los planes, en general: son una parte esencial del Modelo de Bienestar que ha desarrollado España. Mientras los Sistemas de Protección son pilares fijos que dan cobertura fundamental al Estado Social, los Planes se caracterizan por ser transversales y temporales. Transversales porque implican a todas las estructuras y temporales porque se supone que inciden temporalmente en un determinado problema o necesidad y que, pasado un tiempo, se presupone su erradicación, cuando esa necesidad-problema ya no exista como tal en la realidad. Dicho de otra manera, son un conjunto de objetivos y medidas aprobadas por un gobierno para un tiempo determinado (normalmente revisado cadaPage 115cinco años ) que deben llevar a cabo diferentes departamentos y que implican también a otros estructuras no gubernamentales. Son medidas de acción positiva y/ o compensatoria para la protección específica de determinados colectivos o grupos sociales; para la promoción de condiciones sociales que faciliten la igualdad. No existen solo planes en el sector de la mujer, también para jóvenes, para el desarrollo de la cultura gitana, prevención y atención de drogodependencias...10.

El concepto de problema o necesidad que hay detrás es de raíz estructural. Significa que tanto la erradicación de la desigualdad entre hombres y mujeres, como la prevención y la atención de las drogodependencias, como la integración real de la cultura gitana... es una cuestión de todos: del sistema educativo, del sistema sanitario, del sistema de apoyo a la vivienda... y por supuesto del sexto sistema o de los servicios sociales, que es donde se materializa la mayoría de las veces.

En lo que se refiere a los Planes de Igualdad en España, a lo largo de estas tres generaciones de planes, a decir de BUSTELO11, se pueden establecer tres tendencias generales. Por un lado, tendencia a ser más específicos y realistas. Esta tendencia tiene que ver con la necesidad de seguimiento y evaluación, ya que es muy difícil evaluar objetivos y acciones formuladas de forma vaga y general. En segundo lugar, tendencia a formular mayores compromisos explícitos de los poderes públicos. Estos pueden consistir en señalar los Ministerios, Consejerías o Departamentos que son responsables de cada una de las acciones. Por último, los planes también han evolucionado teniendo en cuenta la influencia internacional o influencia externa. Para la autora, prácticamente todos los planes de igualdad autonómicos hacen mención a la IV Conferencia de Pekín y su plataforma de acción, al IV Programa de acción Europeo, a las Naciones Unidas y, sin embargo, no todos hacen referencia al Plan Nacional o al Instituto de la Mujer del Estado.

III Concepto de violencia

La violencia hacia las mujeres ha sido una constante a lo largo de la historia de la...

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