Libro Verde sobre las modalidades alternativas de solución de conflictos en el ámbito del Derecho Civil y Mercantil
Anuario de justicia alternativa › Núm. 3/2002, Marzo 2002
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Objetivo del Libro Verde. Síntesis. 1. Panorama Global. 1.1. Una gran diversidad. 1.2. Facilitar el acceso a la justicia. 1.3. Prioridad política. 1.4. Un tema de actualidad. 1.5. Dimensión internacional. 1.6. Mandato bisagra. 2. Apoyarse en los trabajos emprendidos. 2.1. En los Estados miembros. 2.1.1. ADR en el marco de los procedimientos judiciales. 2.1.2. ADR convencionales. 2.2. En la Unión Europea. 2.2.1. Apoyarse en las iniciativas adoptadas en el ámbito del derecho del consumido. 2.2.2. Aprovechar las iniciativas adoptadas en el ámbito del derecho de familia. 2.2.3. Acompañar el desarrollo de las ADR en el ámbito de las relaciones laborales. 3. ¿Cómo garantizar la calidad de las ADR? 3.1. El enfoque más conveniente. 3.2. Las ADR consideradas desde un punto de vista global. 3.2.1. Las ADR y el acceso a la justicia. 3.2.1.1. Recurrir a las ADR. 3.2.1.2. Plazos de prescripción. 3.2.2. Garantías mínimas de calidad. 3.2.2.1. Confidencialidad. 3.2.2.2. Validez del consentimiento. 3.2.2.3. Eficacia de las ADR. 3.2.3. Estatuto de los terceros. 3.2.3.1. Formación de los terceros. 3.2.3.2. Acreditación de los terceros . 3.2.3.3. Responsabilidad de los terceros. Recapitulación de las preguntas.
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Libro Verde sobre las modalidades alternativas de solución de conflictos en el ámbito del Derecho Civil y Mercantil
DOCUMENTACIÓN.
LIBRO VERDE SOBRE LAS MODALIDADES ALTERNATIVAS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS EN EL ÁMBITO DEL DERECHO CIVIL Y MERCANTIL Bruselas, 19.04.2002 COM(2002) 196 final Comisión de las Comunidades Europeas Bruselas, 19.04.2002 COM (2002) 196 final OBJETIVO DEL LIBRO VERDE El objetivo de este Libro Verde es proceder a una amplia consulta de los medios interesados sobre una serie de cuestiones jurídicas que se plantean en lo referente a las modalidades alternativas de solución de conflictos en el ámbito del derecho civil y mercantil. Las respuestas a las preguntas específicas y a los comentarios generales podrán enviarse, a poder ser antes del 15 de octubre de 2002, a la siguiente dirección: Comisión Europea Dirección General de Justicia y Asuntos de Interior Unidad A3 - Cooperación judicial en materia civil LX 46 5/152 Rue de la Loi 200 B-1049 Bruselas Bélgica Fax: + 32 2.299 64 57 Correo electrónico: JAI-coop-jud-civil@cec.eu.int La Comisión tiene previsto organizar una audiencia pública sobre este tema a principios de 2003. SÍNTESIS Las modalidades alternativas de solución de conflictos en el ámbito del derecho civil y mercantil (que, en adelante y por las necesidades inherentes al Libro Verde y por convención se denominarán «ADR» por «Alternative Dispute Resolution») suscitan un interés renovado en la Unión Europea por tres motivos. En primer lugar, se ha tomado conciencia de la nueva eclosión de las ADR en la práctica en beneficio de los ciudadanos, cuyo acceso a la justicia ha mejorado gracias a ello. En segundo lugar, las ADR son objeto de especial atención por parte de los Estados miembros, atención que en ocasiones desemboca en trabajos de carácter legislativo. Por último, las ADR representan una prioridad política - confirmada en varias ocasiones para las instituciones de la Unión Europea a las que incumbe promover estas modalidades alternativas, procurar el mejor entorno posible para su desarrollo y esforzarse por garantizar su calidad. Se ha hecho especial hincapié en esta prioridad política en el ámbito de la sociedad de la información en el que se reconoce el papel de los nuevos servicios en línea de solución de conflictos («ODR» por Online Dispute Resolution) en materia de solución de litigios transfronterizos a través de Internet. Este especial contexto explica el mandato político de que procede el presente Libro Verde. En efecto, el Consejo invitó a la Comisión a presentar «un Libro Verde que recapitule la situación e inicie una amplia consulta con miras a la preparación de las medidas concretas que convenga adoptar». Este Libro Verde constituye la oportunidad de dar a conocer las ADR a un gran número de personas y permite también hacer más inteligibles las realizaciones e iniciativas adoptadas en este ámbito por los Estados miembros y a escala comunitaria. El objetivo de la consulta pública sobre el Libro Verde es recoger tanto las observaciones generales de los medios interesados como las reacciones específicas a las cuestiones que en él se plantean. Dichas cuestiones son de orden jurídico y se refieren a los elementos determinantes de los procesos de ADR, como son las cláusulas de recurso a las ADR, los problemas que plantean los plazos de prescripción, el requisito de confidencialidad, la validez de los consentimientos, la eficacia de los acuerdos derivados de ADR, la formación de los terceros que intervienen en el proceso, su acreditación y su régimen de responsabilidad. La Comisión está dispuesta a tener en cuenta todos los puntos de vista con objeto de definir las directrices de la política que, de este modo, debiera poder aplicar en los años venideros como promotora de iniciativas tanto legislativas como operativas. 1. Panorama global 1.1. Una gran diversidad 1. Desde hace algunos años se asiste en los Estados miembros al desarrollo de las modalidades llamadas alternativas de solución o de resolución de conflictos, aunque todo el mundo esté de acuerdo en que estos sistemas son muy antiguos. Las ventajas inherentes a estas modalidades de justicia privada y la crisis de eficacia de los sistemas judiciales suscitaron un interés renovado hacia estos métodos de apaciguamiento de los conflictos más consensuales que el recurso al juez o a un árbitro. A escala comunitaria se han desplegado esfuerzos considerables para acompañar su desarrollo, especialmente en el ámbito de la sociedad de la información, con miras a incrementar la confianza del consumidor y de la pequeña y mediana empresa en el comercio electrónico. 2. En el presente Libro Verde, la noción de modalidad alternativa de solución de conflictos designa los procedimientos extrajudiciales de resolución de conflictos aplicados por un tercero imparcial1, de los que el arbitraje propiamente dicho queda excluido2. Por ello, las modali...Ver el contenido completo de este documento
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