Resolución unilateral anticipada del contrato de crédito en relación con el vencimiento

El contrato de préstamo y créditoCréditoCrédito Ordinario (2000)

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Resolución unilateral anticipada del contrato de crédito en relación con el vencimiento

En las pólizas o escrituras se recogen estipulaciones relacionadas con impagos, incumplimientos y circunstancias que pueden motivar la resolución del contrato por parte del acreditante y más excepcionalmente por parte del acreditado 50.

La no restitución del saldo final acreedor para la entidad de la cuenta de crédito vencida originará el elemento básico para la integración del título ejecutivo y para proceder a su reclamación. En la práctica crediticia bancaria no es corriente pactar el término indefinido en la utilización del crédito, dando lugar a acudir a las previsiones del Código Civil sobre la fijación del plazo por los Tribunales.

La misma situación puede acontecer si no se abona cualquier amortización prevista por periodos o tiempos en la escritura o póliza.

Respecto de las obligaciones en las que se pactó un día cierto para su cumplimiento, se producirá su exigibilidad cuando el día llegue, a tenor de lo dispuesto en el artículo 1.125 CC, párrafo 1º. Ese término debe presumirse en beneficio de acreedor y deudor, a no ser que por su estructura u otras circunstancias, se considere haberse establecido en beneficio, bien de uno o de otro, según el artículo 1.127 CC. Lo que antecede supone la normalidad; su alteración por pérdida de plazo o vencimiento anticipado supone un fraccionamiento de lo convenido y por lo tanto, una crisis jurídica, cediendo la determinación temporal (Hernández Gil. Derecho de Obligaciones. T. III, pp. 325 y s.) o dándose una variación esencial (Sánchez Román, Estudios de Derecho Civil, Pp. 465 y s.).

Entre las causas de resolución a favor del acreditante ha figurado la de resolver el contrato de crédito, por simple voluntad y declaración del mismo. Tal causa, ha figurado y podía constar también en las pólizas actuales, infringiendo el equilibrio de cláusulas establecido, como condición general de la contratación, mantenida en algunas ocasiones como previsión última de un banco para resolver el contrato de crédito por la aparición de circunstancias ...

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