Tributario

Páginas236-251

    Esta sección de Derecho Tributario ha sido coordinada por Jesús López-Tello y Víctor Manuel Martín Samaniego, y en su elaboración han participado Marta Pontes, Francisco Cunha y Marta Ramos Mendes del área de Fiscal y Laboral de Uría Menéndez (Madrid y Lisboa).

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1. Legislación

[España]

Normativa

- Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio (BOE de 29 de noviembre de 2006)

Véase el trabajo doctrinal de Gloria Marín incluido en la sección de Artículos de este mismo número de la revista.

- Ley 36/2006, de 29 de noviembre, de medidas para la prevención del fraude fiscal (BOE 286/2006, de 30 de noviembre de 2006)

- Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007 (BOE 311/2006, de 29 de diciembre de 2006)

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Las principales novedades introducidas en materia tributaria son las que a continuación se detallan:

(i) Por lo que se refiere al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), a efectos del cálculo de las ganancias patrimoniales derivadas de bienes inmuebles no afectos a actividades económicas, se actualizan al 2% los coeficientes correctores del valor de adquisición.

Se mantiene para el año 2007 la regulación del sistema de compensación para aquellos contribuyentes que, con la vigente Ley del IRPF, resulten perjudicados respecto a las deducciones por alquiler o por adquisición de vivienda habitual que vinieran disfrutando con la anterior normativa del IRPF (Ley 18/1991, de 6 de junio).

(ii) En el ámbito del Impuesto sobre Sociedades, se actualizan los coeficientes aplicables a los activos inmobiliarios, que permite corregir la depreciación monetaria en los supuestos de transmisión.

Además, se recoge la forma de determinar los pagos fraccionados del impuesto durante el ejercicio 2007.

(iii) En el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, se amplía de 1.000 a 1.500 euros el importe de la exención de la que podrán beneficiarse las personas físicas residentes en la Unión Europea o en países o territorios con los que España haya suscrito un acuerdo de efectivo intercambio de información tributaria, que perciban dividendos o participaciones en beneficios de fuente española.

(iv) En materia de tributos locales se actualizan los valores catastrales de los bienes inmuebles en un 2%.

(v) Por lo que se refiere a las tasas, se actualizan al 2% los tipos de cuantía fija de las tasas de la Hacienda estatal, excepto las tasas que se hayan creado o actualizado específicamente por normas dictadas en el año 2006. La tasa por reserva del dominio público radioeléctrico se actualiza asimismo al 2%.

(vi) El interés legal del dinero y el interés de demora tributario para el próximo ejercicio quedan fijados en el 5% y el 6,25%, respectivamente.

- Real Decreto-Ley 12/2006, de 29 de diciembre, por el que se modifica la Ley 19/1994, de 6 de julio, de Modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, y el Real Decreto-Ley 2/2000, de 23 de junio (BOE de 30 de diciembre de 2006)

- Real Decreto 1576/2006, de 22 de diciembre, por el que se modifican, en materia de pagos a cuenta, el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Real Decreto 1775/2004, de 30 de julio; el Real Decreto 2146/2004, de 5 de noviembre, por el que se desarrollan las medidas para atender los compromisos derivados de la celebración de la XXXII edición de la Copa del América en la ciudad de Valencia; el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 1777/2004, de 30 de julio, y el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobado por el Real Decreto 1776/2004, de 30 de julio (BOE de 23 de diciembre de 2006)

Convenios para evitar la Doble Imposición

- Instrumento de ratificación del Acuerdo entre España e Irán para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio, hecho en Teherán el 19 de julio de 2003 (BOE de 2 de octubre de 2006)

- Convenio entre España y Nueva Zelanda para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y Protocolo, hecho en Wellington el 28 de julio de 2005 (BOE de 11 de octubre de 2006)

Otros

- Orden EHA/3397/2006, de 26 de octubre, por la que se aprueba el modelo 390 "Declaraciónresumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido", el modelo 392 "Grandes Empresas. Declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido" y el modelo 430 "Declaración mensual del Impuesto sobre las Primas de Seguros" (BOE 264/2006, de 4 de noviembre de 2006)

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[Portugal]

Tributação de maisvalias em função do seu reinvestimento na aquisição de imóveis situados em território português

Acórdão do TJCE de 26-10-2006 proferido no Proc. n.º C-345/05 Comissão/Portugal

O TJCE veio confirmar no presente Acórdão que a norma do art. 10º n.º 5 do Código IRS, que faz depender o beneficio da exclusão da tributação das mais-valias resultantes da alienação onerosa de imóveis destinados a habitação própria e permanente do sujeito passivo, de que os ganhos obtidos sejam reinvestidos na aquisição de imóveis situados em território português, é incompatível com a legislação comunitária.

De facto, nos termos do referido artigo, os ganhos provenientes da alienação onerosa de imóveis destinados a habitação própria e permanente, só serão excluídos de tributação se no prazo de 2 anos o produto de alienação for reinvestido na aquisição da propriedade de outro imóvel "desde que situado em território português".

Esta disposição foi considerada pelo TJCE como um entrave à livre circulação de pessoas, na medida em que impede ou dissuade o nacional português de abandonar o seu país de origem para exercer o seu direito de livre circulação e estabelecimento, restringindo o exercício desses direitos.

Reembolso do IVA e Juros Indemnizatórios

Acórdão Supremo Tribunal Administrativo de 28...

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