Tribunal Supremo y otros Tribunales (2003)

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A Patentes y obtenciones vegetales
a) Tribunal Supremo
Relación cronológica y extracto

SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 6 DE FEBRERO DE 2003

(Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3.a)

Concesión de licencia obligatoria sobre una patente químico-farmacéutica por falta de explotación: improcedencia y consiguiente denegación de esta licencia, puesto que la explotación de la patente puede tener lugar no sólo en el territorio español, sino también en el de cualquier otro Estado miembro de la Organización Mundial del Comercio, tras la nueva redacción dada al artículo 83 de la Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes, mediante el artículo 122 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social: consiguiente irrelevancia de que la explotación de la patente sea llevada a cabo mediante importaciones procedentes del territorio de cualesquiera Estados miembros de la Organización Mundial del Comercio, en el caso de autos Japón.

Vid. infra por extenso.

SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 23 DE MAYO DE 2003

(Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3.a)

Rehabilitación de patente caducada por falta de pago en tiempo y forma de la tercera anualidad, conforme al artículo 17 de la Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes: improcedencia por transcurso del plazo preclusivo de seis meses desde la publicación de la caducidad de la patente en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial y por inexistencia de fuerza mayor: no lo constituye la actuación negligente en este punto del agente de la propiedad industrial: imputación al mandante de las actuaciones del mandatario en la esfera externa de la relación, y consiguiente exigencia de responsabilidad al segundo por parte del primero en la esfera interna de la repetida relación. Carácter fatal y automático del plazo preclusivo de seis meses desde la publicación de la caducidad de la patente en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, sin necesidad de previa notificación al interesado del impago de la anualidad correspondiente por parte de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de conformidad con la interpretación jurisprudencial del Tribunal Supremo: inaplicabilidad a este^supuesto del artículo 160.2 de la Ley de Patentes: regulación expresa del mismo en el artículo 161.2 de la misma Ley.

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Resolución expresa de la Oficina Española de Patentes y Marcas en relación con la denegación de la rehabilitación de patente dentro de plazo pero notificada al interesado fuera del término legalmente previsto a tales efectos: inexistencia de silencio positivo a pesar de ello, de conformidad con la interpretación jurisprudencial del Tribunal Supremo de los artículos 43 y 44 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y normativa que los desarrolla.

SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 23 DE MAYO DE 2003

(Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3.a)

Patente europea que designa España: para que surta efectos en nuestro país debe ser presentada la traducción al español del fascículo de concesión en un plazo preclusivo de tres meses desde la publicación de la mención de la concesión de la patente europea.

Aplicación del artículo 122 del Convenio de Munich de la Patente Europea de 5 de octubre de 1973: improcedencia: carácter restrictivo de su interpretación y aplicación: inexistencia de fuerza mayor y consiguiente imposibilidad de presentación en tiempo y forma de la traducción al español de la patente europea por consignación errónea de la fecha de publicación de la mención de la concesión de la patente europea en las bases de datos de la parte actora.

NOTA: Vid. las Sentencias del Tribunal Supremo —Sala de lo Contencioso- Administrativo, Sección 3."— de 18 de octubre de 2001 y 9 de octubre de 2002, citadas expresamente en la sentencia objeto de esta reseña, que pueden ser consultadas en ADI, t. XXII, 2001, págs. 664, 668 y 669, y t. XXIII, 2002, pág. 433.

SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 25 DE JULIO DE 2003

(Sala de lo Civil)

Obtenciones vegetales: acción por violación del derecho del obtentor: procedencia. Privilegio del agricultor: improcedencia.

Vid. infra por extenso.

SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 26 DE JULIO DE 2003

(Sala de lo Civil)

Acción de cesación de violación de patente: improcedencia: falta de acreditación suficiente de la parte actora respecto de la presunta infracción cometida por la parte demandada.

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Valoración de la prueba pericial: imposibilidad de que sea objeto de casación, salvo que resulte absolutamente contraria a la racionalidad y a las más elementales directrices de la lógica: inexistencia de tales excepciones en el caso de autos.

Acción de competencia desleal en relación con la referida violación de patente y consiguiente litispendencia del proceso sobre la acción de cesación de dicha violación: inexistencia de tal litispendencia, por tratarse de acciones y procesos distintos y separados entre sí.

SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 7 DE OCTUBRE DE 2003

(Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3.a)

Rehabilitación de patente caducada por falta de pago en tiempo y forma de la séptima anualidad, conforme al artículo 17 de la Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes: improcedencia por transcurso del plazo preclusivo de seis meses desde la publicación de la caducidad de la patente en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial. Carácter fatal y automático de dicho plazo, sin necesidad de previa notificación al interesado del impago de la anualidad correspondiente por parte de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de conformidad con la interpretación jurisprudencial del Tribunal Supremo: inaplicabilidad a este supuesto del artículo 160.2 de la Ley de Patentes: regulación expresa del mismo en el artículo 161.2 de la misma Ley.

Sentencias reproducidas por extenso

SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 6 DE FEBRERO DE 2003

(Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3.a)

Fundamentos de Derecho

Primero. La Sentencia núm. 1767, de 19 de diciembre de 1996, que es objeto de este recurso de casación, dictada por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, estimó 1 recurso contencioso-administrativo interpuesto por Astur-Pharma, S. A., con- las Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 15 de junio y 29 de septiembre de 1994 antes referenciadas. Mediante ellas, el citado organismo decidió dar por finalizada su intervención en el expediente de solicitud de licencia obligatoria de explotación de la patente de invención de Leo Pharmaceutical Producís Ltd. A/S núm. ..., solicitud instada por Astur-Pharma, S. A.,

i la que inicialmente se había opuesto Leo Pharmaceutical Products, Ltd. A/S. i sentencia de instancia estimó el recurso y anuló la validez de los actos regisales impugnados concediendo la licencia obligatoria de explotación solicitada por considerar que el producto objeto de la patente se fabricaba en Japón y por considerar que la Administración demandada había cometido graves irregularidades en la tramitación del expediente administrativo ampliando plazos improrrogables.

Segundo. El único motivo de casación articulado por el recurrente al amparo del artículo 95.1.4.° de la Ley Jurisdiccional se basa en que la sentencia de ins-Page 570tancia infringe los artículos 83, 86 y 87 de la Ley de Patentes de 20 de marzo de 1986 (RCL 1986\939) y su aplicación según las sentencias dictadas por el Tribunal Superior de Justicia de las Comunidades Europeas sobre el artículo 30 del Tratado de Roma y Licencias Obligatorias en materia de patentes, así como el Acuerdo sobre los aspectos de los derechos de la propiedad intelectual relacionados con el...

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