Extracto
Tipos y estadios del proceso de asunción de deuda
1. CONSIDERACIONES INICIALES La doctrina, incluso la alemana, ha venido distinguiendo tipos de asunción de deuda. Pero, —esto importa mucho— no los ha relacionado al advertir que, además de constituir manifestaciones distintas de ella, son estadios de una asunción progresivamente cada vez más perfecta. Así, desde que el asumente notifica al deudor su sustitución en la relación jurídica la asunción, que hasta el momento era un negocio jurídico unilateral, se convierte en un negocio además recepticio (en cuanto recibida su noticia por el deudor a través de la notificación). Y en este momento aparece la asunción interna. La cual tiene efecto entre los deudores, pero no en relación con el acreedor. Pues para éste sólo sigue siendo deudor único el antiguo; el asumente es para él jurídicamente un desconocido y tercero. No obstante, la asunción interna de deuda comporta una asunción externa de pago; es decir, el asumente puede pagar como tercero (art. 1158), pues para el acreedor, que desconoce la asunción, paga u...
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