El tiempo del trabajo: la ordenación histórica de una conquista laboral

AutorMaría Jesús Espuny Tomás
Páginas1823-1841

    «El problema todo de la vida moderna, el problema social y el problema obrero se reflejan, quizá con más claridad que en ninguna otra esfera, en la del derecho.»

Gumersindo de Azcárate1

Page 1823

La determinación de la jornada laboral sufre históricamente oscilaciones notables a partir de la caída del régimen gremial. Empresarios y trabajadores establecen, en aplicación del dogma de la autonomía de las partes, la duración de la jornada. La evidente desigualdad de las partes de la relación laboral crea una situación de desequilibrio que se convierte en una necesaria y forzosa sumisión del trabajador a las condiciones que le ofrece el empresario. De aquí nacen las jornadas de trabajo agotadoras que se imponen por igual al trabajador adulto que a las mujeres y niños 2.Page 1824

Los abusos del liberalismo crean un estado general de enfrentamiento que provoca la intervención del Estado en la determinación de la duración máxima de la jornada laboral. Las primeras medidas van encauzadas a limitar el trabajo de las mujeres y de los niños, las medias fuerzas, para extenderse progresivamente al conjunto de todos los obreros. La limitación de las horas de trabajo fue gradual hasta la aplicación del principio de la jornada de ocho horas o de la semana de cuarenta y ocho horas que constituyó el primer orden del día de la reunión de la Conferencia general de la Organización Internacional del Trabajo en 1919.

El objetivo de este trabajo, enmarcado dentro de un contexto específico de Historia de las instituciones jurídico-laborales y de las relaciones laborales, es una aproximación desde la visión del jurista historiador ante los elementos que permitan confrontar el principio mismo de las ocho horas, legalmente consagrado, con la realidad que lo desvirtúa ante las apremiantes necesidades que exigen en algunos momentos incrementar o reducir el número de horas de prestación de servicios 3. La evolución histórica de la reglamentación legal del trabajo se presenta, en casi todos los países, bajo el mismo aspecto, siguiendo los mismos caminos y llegando sucesivamente a las mismas etapas 4.

La reivindicación de las ocho horas aparece como una reclamación de los sindicalistas, de los socialistas, de los extremistas y de los moderados. Presenta todas las ventajas de una reivindicación revolucionaria sin tener sus inconvenientes 5.

I Reformas humanitarias en la limitación del tiempo de trabajo

El 18 de agosto de 1873 el diputado catalán Antonio Carné defiende ante las Cortes Constituyentes de la I República española una proposición de ley que fija las horas de trabajo en las fábricas de vapor y talleres. Los puntos en los que se basa su defensa estarán presentes en la mayoría de las normas y proyectos encaminados a la reducción de la jornada de trabajo: a) se trata de una reforma humanitaria que no compromete los costes de la producción española en sus relacionesPage 1825 nacionales o internacionales, porque los países con los cuales puede España competir en el mercado se han adelantado en la regulación y el coste que pudo suponer reducir la jornada sin reducir los salarios ya lo han repercutido anteriormente sobre los productos; b) conviene a nivel nacional unificar las reducciones de jornada para evitar competencias desleales en España; c) necesidad de contentar a la clase obrera; d) necesaria acción contra la explotación del obrero que sufría un alto índice de morbilidad y mortalidad 6.

La Comisión de Reformas Sociales se crea por RD de 5 de diciembre de 1883 siendo ministro de la Gobernación Segismundo Moret para «el estudio de las cuestiones que interesan a la mejora o bienestar de las clases obreras, tanto agrícolas como industriales y que afectan a las relaciones entre el capital y el trabajo». La idea de una limitación genérica de la jornada de trabajo se podía descubrir en el programa legislativo de creación. La Comisión de Reformas Sociales haciendo uso de las facultades del artículo 5.º acuerda organizar Comisiones provinciales y locales con objeto de abrir una amplia información oral y escrita sobre el estado y las necesidades de los trabajadores, siguiendo las instrucciones y un extenso cuestionario que se recogen en la Orden Circular de 28 de mayo de 1884 y que se remiten a todos los gobernadores civiles al objeto de que se constituyan las Comisiones provinciales y locales7.

El epígrafe XIII que recoge las preguntas 85 a 92 del cuestionario de la Comisión de Reformas Sociales de 1884 se refiere a las horas de trabajo. Las tres primeras cuestiones se refieren a un planteamiento genérico de la jornada laboral y las restantes conciernen de manera específica al tiempo de duración del trabajo de los obreros en los transportes terrestres y marítimos y a las industrias tipográfica, mercantil y minera. Las horas máximas y mínimas de trabajo del obrero, el trabajo nocturno, continuo o alternado; si el número de horas de trabajo perma-Page 1826nece estacionario o propende a subir o bajar y una pregunta crucial para iniciar esta exposición «si este punto ha sido motivo de discordia entre los capitalistas y los obreros y cómo se ha dirimido» 8.

La información oral obrera en el paraninfo de la Universidad central sobre las preguntas 85 y 90 del cuestionario la realiza un tipógrafo, don Hipólito Pauly, en la sesión del 2 de noviembre de 1884, que responde lacónicamente a la pregunta general «se trabaja tantas horas como el trabajo exige» y sintetiza su jornada laboral glosando una actividad frenética en la impresión del Diario de Sesiones: «hoy se hace la sesión de día, pero a las ocho de la noche hay que hacer el extracto, se acaba a las seis de la mañana y si la sesión es larga se dice a los tipógrafos que vuelvan. Se acaba el extracto y se empieza el Diario; y dan las ocho de la noche, y entonces dicen: pues a acabar este alcance; y así se van enlazando» 9.

La información escrita sobre las horas de trabajo la documenta extensamente don José Rodríguez Mourelo en la ponencia que elabora el Ateneo de Madrid. Se divide en una parte general y en una descriptiva seguidas de un apéndice. En la primera parte analiza el origen del trabajo en el organismo al que se compara con una máquina de vapor, en lo que supone la transformación de la energía potencial en trabajo. En la parte descriptiva después de analizar unas causas extrínsecas que justifican las horas de trabajo en las industrias y examina varios tipos de jornada laboral. Partidario de las ocho horas, confía en que la medida se vaya imponiendo más por la fuerza de la costumbre que por la propia ley 10.

Los diferentes documentos, informaciones orales o memorias escritas, publicados en los cinco volúmenes que recogen la actuación de la Comisión de Reformas Sociales de las provincias de Valencia11, Alicante, Ávila, Badajoz, Burgos y Cáceres 12 y en La Coruña, Jaén, Navarra, Oviedo, Palencia y Vizcaya 13 dan respuesta a las preguntas del cuestionario XIII. Las jornadas laborales, que oscilan generalmente entre las nueve y las doce horas, es un punto íntimamente relacionado con lasPage 1827 huelgas. «En las discordias entre obreros y capitalistas, ya se haya apelado o no por los primeros a la huelga, casi siempre la petición de aumento de jornal ha sido acompañada de la disminución de horas de trabajo». Aunque difícilmente aparece reflejado en las respuestas que se obtienen: en ocasiones las discusiones se dirimen trabajando media hora menos y ganando el mismo jornal14 y en otras localidades se informa que las horas de trabajo son ocho diarias por término medio, siempre de día, sin que este punto haya sido motivo de discordia entre dueños y trabajadores15, aludiéndose también a que el tiempo del trabajo está determinado por antigua e inmemorable costumbre 16 y permanece en general estacionario 17. El obrero pretende reducir las horas de trabajo para dedicarlas a otros fines de la vida18. La jornada laboral es definida a través de conceptos distintos, según los trabajos y las provincias 19.Page 1828

Un acontecimiento viene a respaldar las aspiraciones laborales de los obreros: la Conferencia de Berlín que se celebra del 15 al 29 de marzo de 1890. Participaron Alemania, Austria, Hungría, Bélgica, Dinamarca, España, Francia, Gran Bretaña, Italia, Holanda y Luxemburgo, Portugal, Suecia con Noruega y Suiza. La Conferencia logra acuerdos importantes respecto al trabajo de mujeres y niños. Sobre la jornada de los niños convienen en recomendar que no superen las seis horas y para la mujer once horas 20.

Simultáneamente a la Conferencia de Berlín comienzan los preparativos para la celebración, por primera vez, del Primero de Mayo: «Se organizará una gran manifestación internacional, en fecha fija, de manera que en todos los países y en todas las ciudades a la vez, el mismo día, los trabajadores exijan de los poderes públicos la reducción legal de la jornada de trabajo de ocho horas y la aplicación de las demás soluciones del Congreso Internacional de París» 21.

La Comisión de Reformas Sociales sufre una reestructuración por Real Decreto de 13 de mayo de 1890. De acuerdo con lo previsto en los artículos 3 y 5, que permiten las consultas a las personas o a las corporaciones populares o asociaciones de carácter oficial para recabar datos o informaciones que se estimen necesarios, se encarga a Gumersindo de Azcárate un nuevo cuestionario a semejanza del de 1884. El título era La limitación de las horas de trabajo. El resultado fue una encuesta que constaba de catorce preguntas muy con-Page 1829cretas y que quedaban resumidas en tres grandes apartados: 1. La generalización de la jornada de ocho horas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR