Comentario al Artículo 371, sobre testigos con deber de guardar secreto, de la Ley de Enjuiciamiento Civil

Comentarios a la Ley de Enjuiciamiento CivilLibro segundo. De los procesos declarativos (2009)

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Abogados Civil

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Artículo 371. Testigos con deber de guardar secreto.

1. Cuando, por su estado o profesión, el testigo tenga el deber de guardar secreto respecto de hechos p...

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Comentario al Artículo 371, sobre testigos con deber de guardar secreto, de la Ley de Enjuiciamiento Civil

El secreto oficial obliga a introducir ci...

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