Tareas pendientes

AutorFernando Zunzunegui

La confianza de los inversores en la integridad del mercado de valores es uno de los pilares básicos para que este cumpla su función de canalizar el ahorro a la inversión. Los inversores se desmoralizan cuando observan como aquellos a quienes confía sus ahorros, ya sean los emisores de los valores o los intermediarios que gestionan sus cuentas, se enriquecen haciendo uso de informaciones a las que ellos no tienen acceso.

En defensa de la integridad del mercado la Ley prohibe el uso de información privilegiada y la manipulación de las cotizaciones. Estos «abusos de mercado» constituyen infracciones administrativas y, en los casos más graves, delitos. Quien dispone de una información reservada, relevante para las cotizaciones, puede hacer dos cosas: publicarla o abstenerse de hacer uso de la información. Con su publicación, la información dejaría de tener un carácter privilegiado. Se resuelve así el problema del insider trading. Desaparecido el perro se acabó la rabia. Por esta razón, la principal medida preventiva para evitar el uso de información privilegiada es su publicación mediante lo que son conocidos como «hechos relevantes».

Pero no siempre es posible imponer la publicación de la información privilegiada como hecho relevante. En ocasiones, las informaciones recibidas del mercado forman parte del secreto profesional de los intermediarios, por ejemplo, la recibida por un banco de negocios encargado de preparar una OPA sobre determinada sociedad cotizada en Bolsa. Estas informaciones profesionales deben mantenerse reservadas. Sin embargo, también en estos supuestos, existe una medida preventiva para evitar los abusos de mercado. La Ley impone la separación entre los distintos departamentos de los intermediarios financieros a través de «murallas chinas». Mediante esta medida se pretende reducir el número de iniciados y, de este modo, el riesgo de insider trading.

Desgraciadamente para la integridad del mercado, las medidas preventivas no evitan que, en ocasiones, se negocie con información privilegiada o se manipulen las cotizaciones. Cuando esto ocurre, el buen funcionamiento del mercado reclama que recaiga sobre los infractores todo el peso de la Ley. Precisamente, para garantizar la integridad del mercado y la protección de los inversores afectados por dichas prácticas, existe la Comisión Nacional del Mercado de Valores, organismo que, por lo demás, dispone de amplias potestades de inspección y sanción de este tipo de conductas. Sin...

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