Aceptación tácita de la herencia. Se aplica el artículo 999.3 del Código Civil, aunque también vamos a referirnos a los artículos 1068, 1753 C.c y 1748 LEC

Casos prácticos de DerechoCivil (2005)

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Resumen


: El exámen del supuesto se centra en la interpretación errónea que se hace del art.999 en cuanto a la aceptación tácita de la herencia por uno de los cinco herederos cuando ejercita un acto en beneficio de la masa común que consiste en la reclamación de una cantidad de dinero que el causante prestó a una tercera persona y que pretende que se reintegre a la herencia para así poder repartir la cantidad entre los herederos.

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Extracto


Aceptación tácita de la herencia. Se aplica el artículo 999.3 del Código Civil, aunque también vamos a referirnos a los artículos 1068, 1753 C.c y 1748 LEC

LOS HECHOS:

El fallecido Miguel C.M, proclama herederos a sus cinco hijos. Miguel antes de fallecer prestó cierta cantidad de dinero a Tomás B.B, la cual ya fue reclamada por Miguel judicialmente, pero Tomás no le devolvió el dinero objeto del préstamo.

Una vez falle...

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