Supresión de la autofactura en supuestos de inversión del sujeto pasivo

AutorGarrigues Abogados y Asesores Tributarios
Páginas16-17

Page 16

El Real Decreto 1789/2010 ha modificado el Reglamento de IVA y el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, con objeto de adaptarlos a la modificación legal introducida en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2011 por la que se eliminó la obligación de expedir "autofactura" en los supuestos de inversión de sujeto pasivo a partir del 1 de enero de 2011.

Este aspecto queda regulado de la siguiente forma:

- El documento que genera el derecho a la deducción del IVA soportado es la factura original del proveedor, sin necesidad de emitir la autofactura.

- La factura original del proveedor deberá registrarse en el libro registro de facturas recibidas. Con ocasión de tal registro, la norma obliga a calcular la cuota de IVA correspondiente y a registrar dicha cuota en el mismo apunte que la base imponible (es decir, a hacer un apunte en el libro registro como si la factura incorporase el IVA de la operación). La factura, por el contrario, no habrá de registrarse en el libro registro de facturas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR