Sujetos que intervienen en la notificación

La comunicación procesal en la nueva Ley de enjuiciamiento civilLos actos de comunicación en la Ley de enjuiciamiento civil de 2000 (2001)

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Resumen


1. Sujeto activo de la notificación 1.1. El secretario como sujeto activo de la comunicación procesal y la participación de otros funcionarios judiciales 1.2. Documentación de los actos de comunicación efectuados por funcionario judicial 1.3. Empleo de servicios administrativos en las notificaciones y modo de acreditar su recepción en tales casos 2. Sujeto pasivo de la notificación 2.1. La parte o su representante en juicio como sujetos pasivos de la comunicación procesal y la posibilidad de notificación a terceros 2.2. Los receptores subsidiarios

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Extracto


Sujetos que intervienen en la notificación

1. Sujeto activo de la notificación

1.1. El secretario como sujeto activo de la comunicación procesal y la participación de otros funcionarios judiciales

Como se ha dicho, los actos procesales de comunicación, por su origen, son actos del tribunal. Respecto de éstos, >>cabe, en efecto, de una parte, distinguir entre actos del personal juzgador propiamente dicho (es decir, el juez o los magistrados), actos del Secretario Judicial y actos de otros funcionarios que integran el órgano jurisdiccional: el Agente judicial, por ejemplo64. Desde esta perspectiva, los actos de comunicación son actos del Secretario Judicial. Así se pronuncia el artículo 279.3 LOPJ, al atribuir a los Secretarios la función de realizar dichos actos: >>corresponderá a los Secretarios la práctica de las notificaciones y demás actos de comunicación y de cooperación judicial en la forma que determinen las leyes. Este precepto se encuadra en el capítulo de la LOPJ referente a las distintas funciones de los Secretarios (arts. 279-282) 65. En cuanto titular de esa función, el Secretario es el sujeto activo de los actos procesales de comunicación. En el mismo sentido se pronuncia el artículo 7, letra b, del Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales, aprobado por Real Decreto 429/1988, de 29 de abril (que desarrolla los artículos de la LOPJ relativos al Secretario).

Ese carácter de sujeto activo de los actos de comunicación conlleva, como se declara en la NLEC (art. 152.1), la dirección y responsabilidad de los mismos: >>Los actos de comunicación se realizarán bajo la dirección del Secretario Judicial, que será el responsable de la adecuada organización del servicio. Tales actos se efectuarán materialmente por el propio Secretario Judicial o por el funcionario que aquél designe (...). La responsabilidad, pues, de los actos de comunicación que hayan de efectuarse durante la tramitación de un proceso recaerá, bien en el Secretario Judicial del tribunal ante el que pendan las actuaciones, bien en el Secretario del servicio común de notificaciones a que se refiere el artículo 272.1 LOPJ, en las poblaciones donde esté instaurado, ya que el Secretario de un determinado procedimiento puede ser sustituido por el del servicio común mencionado para la práctica de los actos de comunicación que sean procedentes. El artículo 163 NLEC declara: >>En las poblaciones donde esté establecido, el Servicio Común de Notificaciones practicará los actos de comunicación que hayan de realizarse.

Como se desprende del artículo 152.1 NLEC, esa titularidad de la función de notificación procesal, propia del Secretario, es compatible con la participación de otros funcionarios judiciales en la realización concreta de las distintas notificaciones. La LOPJ, en este sentido, permite que los funcionarios judiciales que están bajo la dependencia funcional del Secretario (Oficiales, Auxiliares y Agentes), también participen en los actos de comunicación: el artículo 485 establece, entre las funciones de los Oficiales, que éstos >>efectúan los actos de comunicación que les atribuye la ley y sustituyen a los Secretarios cuando éstos no se sustituyan entre sí; a su vez, el artículo 486 dispone que los Auxiliares >>realizarán... los actos de comunicación que les atribuya la Ley; y respecto de los Agentes Judiciales, el artículo 487 dice que >>realizan los actos de comunicación no ...

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