Soluciones a los conflictos surgidos en el contrato de franquicia

AutorRosa Pérez Martell
Cargo del AutorProfesora titular de Derecho Procesal, ULPGC
Páginas67-88

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Señalaba al principio de este trabajo que cuando franquiciadores y franquiciados tienen un conflicto durante su relación empresarial, en el marco de un contrato de franquicia, para solucionar dichos conflictos pueden optar, indistintamente, por cualquiera de las fórmulas que tienen a su alcance, bien la vía judicial, bien la extrajudicial.

Una vez vistos muchos de los conflictos que pueden presentarse a lo largo de la vida de un contrato de franquicia, resulta de interés ver qué soluciones pueden tener las partes de estos contratos, ya sea franquiciador o franquiciado, para solucionar dichos conflictos.

3.1. Via judicial

En la actualidad, en nuestro país, franquiciadores y franquiciados resuelven sus conflictos, de forma mayoritaria, ante los órganos judiciales usando la vía judicial.

Los procedimientos a través de los cuales resuelven sus conflictos son a través de los siguientes procedimientos declarativos regulados en nuestra Ley de Enjuiciamiento Civil: el juicio ordinario y el juicio verbal121.

Se tramitarán por el procedimiento que les corresponda en función de la cuantía que se reclame, decidiéndose en el juicio ordinario las demandasPage 68 cuya cuantía exceda de 3.000 euros y aquellas cuyo interés económico resulte imposible de calcular ni siquiera de modo relativo y decidiéndose en el juicio verbal las demandas cuya cuantía no exceda de 3.000 euros y no se refieran a ninguna de las materias previstas en el apartado 1 del art. 249 LEC122.

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En todo caso, las sentencias y autos dictados por los órganos judiciales en los conflictos planteados por franquiciadores y/o franquiciados nos permiten conocer qué tipo de conflictos surgen y son puestos en conocimiento de dichos órganos para la resolución de los mismos, en cada fase de un contrato de franquicia.

3.2. Vías extrajudiciales
3.2.1. Introducción

En un mundo cada vez más interrelacionado, con economías más abiertas y con una mayor complementariedad de los mercados, las transacciones comerciales se incrementan en número y complejidad. Este incremento de las transacciones comerciales y de las inversiones puede generar un mayor número de situaciones conflictivas entre las empresas. En el ámbito del contrato de franquicia, hay un incremento del número de enseñas, de franquiciadores, de franquiciados, hay un aumento de las relaciones comerciales, pudiendo generarse, cada vez más, mayores conflictos entre las partes.

También, en España, los conflictos que surgen entre franquiciador y franquiciado, pueden solucionarse sin acudir a la vía judicial y en la práctica, elPage 70 arbitraje se ha convertido123 en el método extrajudicial más usado en nuestro país para resolver los conflictos surgido en el contrato de franquicia. Junto al arbitraje, la mediación, la negociación124, la conciliación... Estas formas de solución de conflictos surgen por diferentes motivos, entre otros está, la problemática para resolver los conflictos a través de la vía judicial debido a: la necesidad de imprimir una mayor agilidad al tráfico comercial; se hace necesario resolver los conflictos entre ambas partes de forma rápida; sin los costes que supone entrar en la vía judicial; de forma privada y confidencial con el fin de preservar la conflictividad que pueda existir en un determinado momento; la importancia que tiene remediar la disputa a través de un arbitro o de un mediador, especializados en el conflicto... Y es que, los conflictos entre franquiciador y franquiciado pueden afectar al tráfico económico: el tejido empresarial español está formado por pequeños y medianos empresarios, mayoritariamente. Estos no puede perder tiempo y dinero pleiteando en los tribunales, ya de por sí colapsados. Por ejemplo, puede suceder que las disputas entre ambas partes, entre franquiciador y franquiciado, de lugar a que otros franquiciados se cuestionen si asumir esa enseña si saben que pueden haber problemas con ese franquiciador, aunque el problema haya sido puntual, de ahí la importancia de la confidencialidad; otra cuestión importante es, la necesidad en el mundo empresarial de continuar con las buenas relaciones entre las partes que tienen negocios, lo cual puede casi garantizarse si se llega a un acuerdo entre las partes a través de la mediación y/o del arbitraje; otra cuestión que me parece conveniente comentar es la que tiene lugar cuando intervienen ya franquiciadores o franquiciados y los consumidores. Aunque esta problemática queda fuera de la consideración en este trabajo, sin embargo, nos encontramos con que si un conflicto traspasa las fronteras de ambas partes, franquiciador y franquiciado y se extiende dicha problemática hasta los consumidores ¿hasta que punto no se verán influidos los comportamientos de consumo de los consumidores de un determinado producto y, al final, acabe repercutiendo negativamente, con una menor venta de productos de una determinada franquicia?

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3.2.2. La mediación

La mediación es una forma privada, voluntaria, no vinculante, confidencial, muy flexible e informal de resolver los conflictos entre las partes, con la ayuda de un tercero, el mediador. Habitualmente concluye de forma rápida y eficiente con un coste moderado. Las materias que se pretenden resolver mediante mediación pueden ser largas y complejas o breves y sencillas. El número de partes puede ser muchos o pocos.

Con la ayuda de un mediador hábil, las partes pueden conseguir solucionar una gran variedad de conflictos y, a menudo, aportando soluciones creativas y ventajosas. El mediador realiza sesiones conjuntas, pero también reuniones separadas con las partes, en un esfuerzo para ayudar a las partes a alcanzar un acuerdo. La principal condición previa es que las partes compartan un deseo sincero de resolver los conflictos.

El mediador ha de ser hábil en técnicas de negociación y ayuda a las partes desde diferentes puntos de vista:

- trabajando para mejorar la comunicación entre las partes

- ayudando a cada parte a clarificar su propio interés de fondo y preocupándose también de obtener el entendimiento entre las partes.

- explicando las consecuencias que se derivan de no alcanzar un acuerdo

- dando opciones para obtener soluciones a los conflictos.

- aconsejando la conveniencia de llegar a un acuerdo

- discutiendo opciones sobre el acuerdo según avance la mediación

- garantizando la confidencialidad en el procedimiento y señalando las adversas consecuencias que podría ocasionar si la mediación fallara.

- redactando los acuerdos y asegurando que se apliquen

- el mediador promueve el entendimiento de las partes y facilita el intercambio de información entre las mismas. Aunque no toma la decisión puede hacer una evaluación legal basada en los hechos expuestos por las partes, dentro de los límites de la confidencialidad que las partes han establecido.

- los mediadores habilidosos identificarán los problemas y se darán cuenta de los casos en los que existan diferentes percepciones e ideas, problemas de comunicación así como presiones internas y externas. Un mediador eficaz debe ser absolutamente imparcial y justo, capaz de inPage 72culcar confianza y seguridad a las partes; ser un excelente comunicador; alguien que resuelva los problemas de forma original.

- el mediador puede ayudar a los participantes a entender los problemas funcionando como un canal de comunicación y desarrollando soluciones.

- el mediador puede persuadir a las partes para que también acepten acuerdos particulares.

- el mediador no negocia para las partes, sirve como catalizador para negociar: sugiriendo, interpretando, aconsejando, planteando alternativas, probando cada percepción de las partes. Probando y cuestionando, el mediador debe inducir a cada parte a pensar hasta el final y a justificar sus actos, a exigir y opinar y a mirar el caso desde el punto de vista del otro lado siempre manteniendo la confianza de cada parte.

En definitiva, la mediación se orienta a un resultado. Previamente a este resultado, cada parte tiene la oportunidad de exponer su posición y sus puntos de vista. El objetivo es resolver los problemas que entorpece futuras relaciones de negocios y se pretende desarrollar una solución común y aceptable.

Muchos franquiciadores y franquiciados reconocen los beneficios de la mediación como un camino para minimizar los costes legales y riesgos y de mantener una buena relación de negocios. Los beneficios de la mediación son los siguientes:

- Quizás, el mayor beneficio de la mediación es que ayuda a franquiciadores y franquiciados a mantener y valorar sus relaciones de negocios sin riesgo. Teniendo en cuenta que no hay un perdedor en mediación, las partes tienen una oportunidad poco frecuente de discutir sus problemas en un escenario privilegiado, sin miedo o preocupación sobre si su discusión tendrá un mal resultado. Si la mediación falla las partes pueden elegir ir a juicio o al arbitraje.

- La mediación es económica.

- En la mediación se pueden obtener resultados muy rápidos.

- La mediación es muy flexible.

- Otro de los beneficios de la mediación se refiere a la posibilidad de cada parte de revelar en confianza al mediador determinadas cuestiones que las partes no revelarían a la otra parte. Con tal información un mediador habilidoso, a menudo, es capaz de identificar intereses ocultos y otras posibilidades de acuerdos que pueden no haberse tenido en cuenta en negociaciones previas. El intercambio de información es confidencial y ofrece a las partes laPage 73 oportunidad de hacer una...

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