La solución extrajudicial de los conflictos de trabajo
Sistemas de solución extrajurisdiccional de conflictos › Sumario (2006)
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1. Introducción. 2. Los conflictos de trabajo. Concepto y clasificación. 3. Las vías de solución de los coflictos de trabajo. La solución judicial y la extrajudicial. 4. La tipología de los medios de solución extrajudicial. Conciliación, mediación y arbitraje. 5. Los medios de solución extrajudicial de conflictos de trabajo. 5.1. Los medios de solución extra-judicial de origen convencional. 5.1.1. Los medios de solución extrajudicial de conflictos de trabajo en la negociación colectiva. 5.1.2. Los Acuerdos Nacionales de Solución Extrajudicial de Conflictos Laborales. 5.1.3. Los Acuerdos Autonómicos de Solución Extrajudicial de Conflictos Laborales. 5.2. Los medios de solución extrajudicial de origen legal. 5.2.1. La mediación y el arbitraje en el procedimiento administrativo de conflicto colectivo. 5.2.2. Los Servicios públicos de Mediación, Arbitraje y Conciliación. La conciliación administrativa previa y la mediación en los conflictos de trabajo. 5.2.3. Las funciones de arbitraje, mediación y conciliación de la Inspección de Trabajo. 5.2.4. Los arbitrajes obligatorios. 6. La doctrina constitucional sobre los medios extrajudiciales de solución de conflictos de trabajo.
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La solución extrajudicial de los conflictos de trabajo
1. Introducción. El conflicto de trabajo es el conflicto nuclear de la sociedad actual, confundiéndose normalmente los conceptos conflicto de trabajo y conflicto social, ya que las tensiones laborales son siempre expresión de las tensiones sociales y viceversa. El conflicto de trabajo tiene su origen en la oposición de intereses que genera la relación jurídico-laboral, ya que trabajadores y empresarios tanto a nivel individual como a nivel colectivo son titulares de intereses jurídicos contrapuestos. El Derecho del Trabajo arbitra una serie de mecanismos, tanto judiciales como extrajudiciales, que contribuyen a mantener y garantizar la paz laboral. En el ámbito de las relaciones laborales ostentan un gran protagonismo la solución jurisdiccional de los conflictos de trabajo, tanto individuales como colectivos. No obstante, en las relaciones colectivas de trabajo la intervención judicial es menos intensa, al tener cierta relevancia los sistemas de autorregulación de los conflictos y de solución extrajudicial. La excesiva judicialización de las relaciones laborales contrasta con la noción del conflicto de trabajo. Así, los conflictos de trabajo, por su propia naturaleza y por los intereses que en los mismos se enjuician, necesitan normalmente una rápida solución, teniendo en cuenta que tanto para el trabajador como para el empresario la prolongación de situaciones de incertidumbre constituyen una grave lesión y a veces un perjuicio difícilmente reparable. En un Derecho del Trabajo que se quiera justo no es conveniente que la decisión sobre muchas situaciones vitales se prolongue durante largos períodos de tiempo. Además, la conflictividad laboral presenta una estructura muy compleja y unas peculiaridades muy acusadas que aconsejan ofrecer a los interesados un conjunto de medios de solución extrajudicial que, haciendo frente a la pluralidad de situaciones conflictivas, constituyan un sistema de decisiones rápido y justo. Así, tal y como se verá a lo largo de este capítulo, en el ámbito del derecho colectivo del trabajo se intenta huir de la solución judicial de los conflictos, aumentando la flexibilidad del sistema y ampliando los poderes reconocidos a los titulares de la autonomía colectiva. 2. Los conflictos de trabajo. Concepto y clasificación. El conflicto de trabajo puede definirse como "una situación de disidencia sobrevenida entre los sujetos de una relación jurídico-laboral (relación contractual, relación "colectiva", relación de Seguridad Social, etc), basada en un objeto conflictivo jurídico-laboral, y exteriorizada a través de un procedimiento establecido por el Derecho para dirimir tales controversias" (MONTOYA MELGAR). También puede conceptuarse como "toda discusión o controversia manifestada externamente entre empresarios y trabajadores en cuanto a las condiciones de trabajo" (ALONSO OLEA Y CASAS BAAMONDE). Antes de comenzar el estudio propiamente dicho de la solución extrajudicial de los conflictos de trabajo debe abordarse la clasificación de los mismos. Este aspecto es de especial relevancia ya que la clasificación que se efectuará a continuación impregna toda la materia del Derecho de conflictos y sus efectos trascienden a los medios de solución y a sus procedimientos. Tradicionalmente los conflictos de trabajo se clasifican atendiendo a dos criterios: a los sujetos y a la naturaleza de los intereses debatidos, y a la pretensión del conflicto. Ambos criterios "pese a su relativa antigüedad, y no obstante las críticas ocasionales a que han sido sometidos, siguen reteniendo su valor en el Derecho propio y en el comparado" (ALONSO OLEA y CASAS BAAMONDE). Atendiendo al primer criterio, esto es, a los sujetos en litigio y a la naturaleza de los intereses debatidos, se distinguen los conflictos individuales, los conflictos plurales y los conflictos colectivos. La distinción entre conflictos individuales y colectivos es la utilizada también por la legislación procesal para delimitar el ámbito sustantivo del orden jurisdiccional social. Al respecto, el art. 1 LPL establece que "los órganos jurisdiccionales del orden social conocerán de las pretensiones que se promuevan dentro de la rama social del Derecho en conflictos tanto individuales como colectivos", en los mismos términos véase el art. 9.5 LOPJ. El conflicto individual es el que opone a un trabajador frente a su empresario. Son conflictos que tienen su origen en un contrato de trabajo, presente o extinguido. Por su parte, el conflicto plural es el que afecta a varios trabajadores o empresarios y tiene su origen en un interés de carácter singular; dicho en otras palabras, el conflicto plural consiste en la suma o concurrencia de conflictos individuales. Mayor complejidad contiene la definición del conflicto colectivo. El mismo puede conceptuarse como aquel conflicto que afecta de forma indiferenciada a un grupo genérico de tra...
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