Los sistemas naturales españoles

AutorJuan Carlos Simón Zarzoso
CargoConsultor. Coordinador del proyecto 'Bases ecológicas preliminares para la conservación de los tipos de interés comunitario en España'.
Páginas143-170

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I Introducción

El Convenio sobre la Diversidad Biológica (CBD, 1992) define la biodiversidad como la "variabilidad de organismos vivos de cualquier fuente, incluidos, entre otras cosas, los ecosistemas terrestres y marinos y otros ecosistemas acuáticos, y los complejos ecológicos de los que forman parte; incluye la diversidad dentro de cada especie, entre las especies y de los ecosistemas". Por consiguiente, la variedad de la vida comprende varios niveles como son el de la diversidad genética, el de la diversidad de especies (cada una de ellas con sus poblaciones) o el nivel de diversidad de comunidades (biocenosis) y ecosistemas2. En este artículo se trata la diversidad biológica a escala de ecosistema, es decir, el nivel que describe el conjunto de especies que pueden encontrarse en un territorio dado, sus relaciones entre sí y sus relaciones con el ambiente en el que se desarrollan. De esta forma, podemos considerar que los ecosistemas y la biodiversidad de un área dependen de tres atributos fundamentales organizados de forma jerárquica: la composición, la estructura y la función (Noss, 1990).

Si bien el concepto de especie supone una unidad de referencia de biodiversidad más o menos establecida, no ocurre lo mismo con el concepto de ecosistema. El conjunto de especies (con sus poblaciones diferentes) presentes en un territorio como España, sus relaciones más o menos intensas y sus distintos grados de adaptación al medio conforman una diversidad de comunidades y ecosistemas que difícilmente

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puede caracterizarse. Esta complejidad es mucho mayor aún si se consideran las actividades humanas que durante milenios han modificado profundamente el paisaje. De hecho, hay no pocas propuestas de clasificación del territorio y de los sistemas naturales o seminaturales presentes en España, pero no hay una tipología claramente admitida o consensuada que sirva de referencia, la cual, en cierta medida, también depende de la utilidad para la que pueda ser concebida. No hay que olvidar tampoco los inconvenientes conceptuales asociados a un proceso de clasificación. Los sistemas naturales son tan complejos que si medimos muchas variables bióticas y abióticas podemos concluir que no hay dos enclaves o zonas iguales y, por consiguiente, no es posible una clasificación. Es preciso entonces adoptar un enfoque intermedio que permita encontrar ciertas similitudes en el espacio, lo cual conlleva una ordenación de la información y un principio de clasificación o de tipología. Si somos capaces de definir tipos de ecosistemas podemos representarlos (cartografía) y podemos abordar su caracterización mediante una serie de atributos más o menos objetivos como son la originalidad, la integridad, la complejidad, la biodiversidad, la exclusividad, la rareza o incluso la presión o la amenaza de desaparición.

En cualquier caso, para entender el componente biológico y el componente abiótico de los sistemas naturales de un territorio hay que considerar los procesos evolutivos y ambientales acontecidos a lo largo de la historia geológica y, desde luego, nuestra propia historia. No es objeto de este artículo hacer una visión cronológica resumida de la historia natural de España sino explicar brevemente en qué consiste la diversidad actual de sistemas naturales3que podemos encontrar, cuáles son los principales problemas a los que se enfrentan y qué medidas o estrategias generales de conservación están actualmente en marcha. Las conclusiones de "La Evaluación de los Ecosistemas del Milenio" (2005) señalan que "En los últimos 50 años, los seres humanos han transformado los ecosistemas más rápida y extensamente que en ningún otro período de tiempo de la historia humana con el que se pueda comparar, en gran medida para resolver rápidamente las demandas crecientes de alimentos, agua dulce, madera, fibra y combustible. Esta transformación del planeta ha aportado considerables beneficios netos para el bienestar humano y el desarrollo económico. Pero no todas las regiones ni todos los grupos de personas se han beneficiado de este proceso -de hecho, a muchos les ha perjudicado. Además, sólo ahora se están poniendo de manifiesto los verdaderos costos asociados con esos beneficios."

El sistema de desarrollo o metabolismo socio-económico de los países más ricos se basa, desde luego, en un uso creciente de los recursos materiales y de la energía, que suele traducirse en términos simplistas en un crecimiento económico ininterrumpido (PIB). España no es en absoluto ajena a esta fuerza directriz de crecimiento económico. De hecho, hay datos claros que muestran el espectacular incremento del consumo de todo tipo de recursos naturales (servicios de los ecosistemas) desde la

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década de los sesenta, incuso a tasas superiores a las del resto de los países ricos (proceso de terciarización). El resultado de este proceso ha sido la polarización-segregación del territorio en áreas donde se concentra la población y las actividades frente a zonas aquejadas de despoblamiento y abandono, con el deterioro simultáneo de ambas (Parra y Naredo, 2002; Carpintero, 2005; Naredo, 2006). El proceso de concentración de la población en el litoral (litoralización), sobre todo mediterráneo, es un ejemplo extremo de este principio.

Las medidas o estrategias generales en materia de conservación de la diversidad biológica y del patrimonio geológico se basan en aplicar con efectividad la nueva Ley 42/2007 de Patrimonio Natural y de la biodiversidad. Ello implica cuestiones globales como son redactar el Plan Estratégico Estatal, las directrices de Ordenación de los Recursos Naturales y, especialmente, redactar los Planes sectoriales ya que son las políticas y actividades sectoriales las que verdaderamente planifican y controlan el medio ambiente. Cuestiones relevantes más específicas que plantea dicha ley son las necesidades de seguimiento y evaluación de las especies y de los ecosistemas así como la creación del Catálogo de Hábitats en Peligro de Desaparición, lo que implicará que para dichos hábitats las CCAA deberán definir medidas para frenar o eliminar el riesgo de desaparición. Además, la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente deberá aprobar las Estrategias y Planes de conservación y restauración.

Precisamente dos elementos en materia de conservación de la biodiversidad deben considerarse, en el ámbito europeo, como hitos en el avance de trabajos destinados a la clasificación de comunidades y sistemas naturales: el Proyecto Biotopos del Programa europeo Corine4y la Directiva 92/43/CEE, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres.

El Proyecto Biotopos surgió a mediados de los ochenta del siglo pasado (1985-1990) con el objetivo de seleccionar y caracterizar sitios de importancia comunitaria para la conservación de la naturaleza. Uno de los criterios para la selección de biotopos fue la presencia significativa de tipos de hábitats, por lo que se desarrolló una clasificación jerárquica estructurada en 7 grandes grupos: comunidades costeras y halofíticas, aguas no marinas, matorrales y pastizales, bosques, áreas pantanosas y turberas, hábitats rocosos y, por último, zonas agrarias y paisajes muy artificiales. La primera clasificación comprendía casi 800 tipos y la revisión de 1991 supuso la definición de unos 2.500 tipos de hábitats. El concepto de hábitat implica comunidades biológicas en el sentido de sistemas formados por la flora y la fauna en respuesta al ambiente abiótico y a las mutuas influencias entre sus componentes. El Manual Biotopos Corine define el hábitat como un área de tierra firme o una masa de agua que constituye una unidad ecológica de importancia para la Comunidad con vistas a la

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protección de la naturaleza. Reconoce tres grupos de hábitats: a) naturales o casi naturales (formas originarias de los ecosistemas europeos), b) seminaturales (resultado de una larga historia de explotación del territorio) y c) artificializados (más de tres cuartas partes de la UE). El Departamento de Medio Ambiente y Vivienda de la Generalitat de Cataluña empezó en 2005 a elaborar su manual de hábitats5tomando como referencia el Manual Biotopos Corine. Posteriormente al Manual Biotopos se generó la Clasificación de hábitats del Paleártico (Devillers & Devillers, 1996) y la incluida en el Sistema EUNIS (European Nature Information System)6. Cuando surgió el Proyecto Biotopos, en España estaba bastante avanzada una clasificación de comunidades vegetales basada en la fitosociología, una disciplina que estudia las biocenosis desde la perspectiva botánica (fitocenosis), mediante un método inductivo y estadístico basado en el inventario de vegetación 7.

La Directiva 92/43/CEE ha supuesto un hito muy importante puesto que incorpora como pilar fundamental para la conservación de la biodiversidad europea un listado de tipos de Hábitats de Interés Comunitario (HIC), recogido en el Anexo I (tabla 1). Este listado representa básicamente un subconjunto más o menos reducido de tipos de hábitats procedente de la clasificación de hábitats del Proyecto Biotopos. Esta directiva define un hábitat natural como una zona terrestre o acuática diferenciada por sus características geográficas, abióticas y bióticas, tanto si son enteramente naturales como seminaturales. Los tipos de hábitats naturales de interés comunitario se definen como aquellos que: a) se encuentran amenazados de desaparición en su área de distribución natural, b) presentan un área reducida a causa de su regresión o por ser un área intrínsecamente reducida y c) constituyen ejemplos representativos de características típicas de una o de varias de las regiones biogeográficas existentes en la Unión Europea. El objetivo básico de esta Directiva es...

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