Silvina RIBOTTA, Andrés ROSSETTI (eds.), Los derechos sociales y su exigibilidad. Libres de temor y miseria

AutorBegoña Cabeza Martínez
CargoUniversidad Carlos III de Madrid
Páginas333-344

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Con la publicación del libro Los Derechos Sociales y su exigibilidad. Libres de temor y miseria, Silvina Ribotta y Andrés Rossetti nos retan a reflexionar sobre el papel actual de los derechos sociales en los procesos sociopolíticos que han surgido recientemente como respuesta al desmantelamiento de los Estados Sociales de Derecho en nombre de la austeridad, recalcando que el disfrute real de estos derechos constituye una condición necesaria para alcanzar un nivel aceptable de justicia social.

Esta obra es uno de los resultados del proyecto de cooperación al desarrollo La exigibilidad de los derechos sociales. Nuevos retos para el derecho de siglo XXI que llevaron a cabo en 2008 y 2009 la Universidad Carlos III de Madrid, España, desde el Instituto de Derechos Humanos "Bartolomé de las Casas", y la Universidad Nacional de Córdoba, Argentina, desde la Facultad de Derechos y Ciencias Sociales, a partir de la financiación de la Agencia Española de Cooperación Internacional y Desarrollo (AECID). De hecho, da continuidad al trabajo iniciado con Los derechos sociales en el siglo XXI. Un desafío clave para el derecho y la justicia, editado igualmente por Ribotta y Rossetti, y publicado en Dykinson en 2010.

El título de la obra que recensiono hace referencia al Preámbulo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas, donde se enuncia que, atendiendo a la Declaración Universal de

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Derechos Humanos, no puede realizarse el ideal del ser humano libre, liberado del temor y de la miseria, a menos que se creen condiciones que permitan a cada persona gozar de sus derechos económicos, sociales y culturales, tanto como de sus derechos civiles y políticos. Definitivamente, como se desprende de los ensayos recogidos en esta obra, tales condiciones distan mucho de la realidad que viven a diario la mayoría de seres humanos en todo el mundo. No es necesario aludir a las poblaciones de los países tradicionalmente sumidos en situaciones de vergonzante injusticia, pobreza o esclavitud. Desgraciadamente, podemos echar un vistazo a nuestro alrededor y observar cómo el progreso logrado en muchos países durante décadas se ha estancado y ha iniciado el camino inverso a causa de la pésima gestión de la crisis económica, que ha ofrecido el argumento perfecto a quienes pretendían recortar los de por sí poco garantizados derechos económicos, sociales y culturales.

Con el objetivo de abordar la actualidad de los derechos sociales, este libro se organiza en cuatro partes, tras un atinado y contundente Prólogo que nos introduce inmediatamente en la relevancia, urgencia y gravedad de la materia que nos ocupa, esto es, la penosa e injusta situación en que sobreviven tantos seres humanos en el contexto del desmantelamiento de los Estados de Derecho. La primera parte de la obra se centra en los problemas conceptuales de los derechos sociales; la segunda, en los derechos sociales y sus garantías; la tercera se enfoca a la relación entre los derechos sociales y la crisis del Estado Social; y, por último, la cuarta parte profundiza en las particularidades de algunos de estos derechos.

Los cuatro trabajos recogidos en la primera parte tratan aspectos esencialmente teóricos en cuanto al concepto mismo de los derechos sociales. En "Diez directrices para la interpretación correcta de los derechos", de Rafael de Asís Roig, se enuncian los criterios esenciales que deben considerarse para la adecuada interpretación de los derechos sociales. Se posiciona en una concepción intermedia de la interpretación jurídica y recalca el carácter especial de las normas de derechos fundamentales. Por ello, y a pesar de la variedad de teorías del Derecho, que condicionan a su vez las decisiones interpretativas, el autor recoge los criterios principales a tener en cuenta por el juez constitucional de cara a acercarse a una interpretación correcta. La agenda de interpretación propuesta con claridad y solidez por Asís Roig incluiría la imparcialidad, la coherencia y consistencia, la explicitación, el respeto de la lengua, la saturación, la ponderación y consecuencias, la no refutación, la universalización, la atención al precedente interpretativo, y la aceptabilidad para la comunidad.

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En el segundo capítulo pasamos de la interpretación al cumplimiento de los derechos sociales, con el escrito de Andrés Rossetti titulado "¿Mínimos o proporciones? Reflexiones sobre el cumplimiento y respeto de los derechos (sociales)". En este artículo se trata la acuciante cuestión de si el cumplimiento de los mínimos requisitos que plantean los derechos humanos permite asumir que estos se encuentran garantizados, o si se debería analizar la proporción en que cada individuo disfruta de ellos. El autor reflexiona acerca de la indeterminación del concepto de los derechos humanos por lo reciente de su desarrollo, ya que como expresaría Bobbio, los derechos humanos son históricos, y se encuentran en permanente evolución. En cambio, sí reconoce el consenso sobre su universalidad y su conexión con la noción de la dignidad humana. Para Rossetti los derechos sociales plantean, como subconjunto, los mismos problemas que el resto de derechos humanos, siendo similares en términos de fundamentación, formulación y titularidad. El autor defiende justificadamente que no es suficiente para dar por cumplido un derecho que se satisfagan los mínimos requisitos, en tanto que tratan con cuestiones esenciales para la vida, por lo que se debería exigir el cumplimiento de ciertas proporciones. Asimismo, y para cerrar de forma crítica su trabajo, el autor plantea los posibles obstáculos de su propuesta, como el aumento de los conflictos entre derechos, la dificultad de hablar de proporciones refiriéndose a derechos de carácter personal, la complicada evaluación del cumplimiento en la proporción adecuada de los derechos, la compleja definición del "todo" que se toma de referencia, o los conflictos que surgirían en relación con las preferencias, la autonomía o la libertad.

En el siguiente texto, "Interés público, interés social y derechos sociales", a cargo de Diego Blázquez Martín, se argumenta cómo la crisis ha evidenciado que la idea neoliberal que presenta el interés general como el sumatorio de intereses particulares está errada, y apunta cómo esta idea generalizada supone la destrucción del Estado Social y Democrático de Derecho. Para desarrollar su tesis el autor traza la evolución histórica de los conceptos de bien común y de interés general. Blázquez Martín establece a partir de este esquema una conexión entre el concepto de interés social y los derechos sociales, en el contexto de la...

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