Significado actual de la doctrina del levantamiento del velo

La doctrina del levantamiento del velo societario (2000)

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Abogados Civil

Resumen


1. Definición. 2. Fundamento. 3. Carácter restrictivo. 4. Carácter subsidiario. 5. El presupuesto de la intencionalidad o mala fe.

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Significado actual de la doctrina del levantamiento del velo

1. DEFINICIÓN

Entrando ya a analizar la significación y visión actual que de la doctrina del levantamiento del velo ofrecen nuestra jurisprudencia y juristas más autorizados, y a modo de preludio inevitable, se ha de dejar señalado que han sido varios los intentos de ofrecer una definición en términos jurídicos de la misma en aras a una mejor comprensión y asimilación de su contenido como institución autónoma. Así, para DE ÁNGEL YAGÜEZ88 el levantamiento del velo es aquella «actuación encaminada a prescindir de la forma externa de la persona jurídica y, a partir de ahí, penetrar en la interioridad de la misma, levantando su velo y así examinar los reales intereses que existen o laten en su interior». Para EMBID IRUJO89 se configura como «un instrumento para evitar el fraude e impedir que, a través de un mecanismo formalmente correcto, se produzca un resultado materialmente antijurídico». Por su parte, para BOLDÓ RODA,90 se limitaría a ser «una expresión metafórica bajo la que se agrupan un conjunto de sentencias en las que se resuelven casos de fraude de ley, caracterizados por su común norma de cobertura: la normativa referente a la persona jurídica».

Más desarrollada es la definición que ofrece LLUÍS Y NAVAS91 presentando una concepción amplia de la doctrina y entendiendo por ésta «el conjunto de actos jurídicos públicos dirigidos a sacar a la luz (o poner de relieve) una realidad ocultada mediante maniobras dirigidas a exonerar a un sujeto de sus obligaciones legales». Este autor concede competencia para su aplicación no sólo a los jueces sino también a determinados funcionarios públicos como pueden ser los Inspectores de Trabajo, así como entiende que se puede hacer uso de esta doctrina en diversas esferas legales como pueden ser la mercantil, la tributaria o la laboral.

La posición de ÁLVAREZ DE TOLEDO92 es más estricta y singular, por cuanto el mismo propone una definición de levantamiento del velo como «técnica estrictamente judicial, que ningún otro operador jurídico puede utilizar para desconocer el hermetismo de la personalidad jurídica reconocida por la Ley» y como una «institución de verdad material asociada a la defensa de los priNcipios jurídicos fundamentales» tales como «el principio de prohibición de la clandestinidad en el ejercicio del comercio y el principio de transparencia patrimonial o de prohibición de confusión de patrimonios». Asimismo, este autor distingue la técnica del «levantamiento del velo» limitada a investigar la verdad y constatar la existencia de un abuso de personalidad, de la del «desenmascaramiento» que implica la correspondiente aplicación de la legalidad burlada a modo de reacción del Derecho frente a la infracción habida a una norma.

En definitiva, con independencia de la definición y delimitación que se ...

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