Seis temas de common law

La Notaría (desde 1995)Núm. 2/2003, Febrero 2003

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Abogados Civil

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Seis temas de common law

Seis temas de common law(*)

I. INTRODUCCIÓN

El presente trabajo comprende algunas aclaraciones de instituciones básicas del Derecho inglés o common law, razonamientos jurídicos de doctrina inglesa, trusts, contratos y la más reciente y relevante reforma del Derecho registral inglés.

La finalidad última de esta sucinta explicación es contribuir a aumentar el conocimiento que el jurista español tiene del Derecho inglés y aportar algo más a la creación de un Derecho privado europeo dentro del marco competencial de la Unión Europea(1). De esta pequeña revisión podemos destacar los importantes puntos de encuentro entre uno y otro sistemas y la sensación de que las distancias que nos separan pueden ser superadas(2). Al fin y al cabo, los problemas habituales del tráfico jurídico-civil a los que debe hacer frente el derecho son esencialmente los mismos.

Han sido utilizadas para la elaboración de este trabajo las monografías de Jame s Introduction to English Law(3) y Land Law. Issues, debates and policy(4). Mientras que la primera bien podría ir enfocada a investigadores provenientes del civil law y que pretendan adquirir un conocimiento general del sistema jurídico inglés, la segunda es un libro especialmente crítico sobre la vigente regulación de algunas instituciones tradicionales del Derecho inmobiliario inglés, como las mortgages(5) (las equivalentes a nuestra hipoteca), los easements (servidumbres) o los leases (arrendamientos).

II. COMMON LAWY EQUITY

Cuando en la parte general de Derecho civil se suele enseñar que existen otros sistemas de Derecho privado carentes de Código Civil, se suele hacer referencia al common law, presente en algunos ordenamientos jurídicos como el inglés, el estadounidense(6) y en la mayoría de estados de la Commonwealth.

Pero el término common law tiene un origen histórico que no era precisamente el de diferenciarse del Derecho civil continental. De este modo, se le denomina "Derecho común" porq...

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