La salvaguarda de la biodiversidad a través de la protección de espacios naturales

AutorJuan-Cruz Alli Turrillas
Cargo del AutorDoctor en Derecho
Páginas113-198

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1. Introducción general
1.1. Concepto y fin de los espacios naturales protegidos

Llegamos ahora al estudio pormenorizado de una de las formas principales de protección de la biodiversidad. Se trata, básicamente, de la reserva y exclusión de determinados espacios a la mayor parte de los usos y aprovechamientos. Espacios convertidos así en reductos de la naturaleza en la forma más “pura” de las posibles o, al menos, de una manera que garantice un estado de conservación ecológica adecuado y, en su caso, bajo formas de usos sostenibles con tal posición. A tal efecto se articulan una serie de medidas tanto para restringir su utilización –en gran medida prohibiendo determinadas actividades y apropiaciones–, como para mantener y en determinados casos recuperar, su fauna y flora autóctona, a través o mediante una progresiva recuperación del hábitat o los hábitats correspondientes.

Lógicamente, antes de iniciar el recorrido por las figuras de protección y su regulación, es necesario preguntarse qué es, dicho sea de un modo global, un “espacio natural (protegido)”.

Como definición general de todos estos espacios protegidos, en su riqueza natural, nos sirve lo que señala la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (en adelante, UICN), un parque natural –como epitome de todo espacio natural protegido– se puede definir como “una zona de la tierra y/o mar especialmente dedicada a la protección de la diversidad biológica y de los recursos naturales y culturales asociados245.

Se trata de un concepto simple, que no simplista, que condensa la evolución en las diversas concepciones sobre la protección del medio natural. De hecho, si examináramos cómo se ha llegado a este concepto –tal y como hizo de manera

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explorara entre nosotros LÓPEZ RAMÓN a cuyo estudio originario me remito246– podríamos apreciar la progresiva incorporación de los paradigmas reinantes en la protección de medio natural, por este orden: primero como mera reserva (preservación); transcurriendo después hacia el afán más activo de conservación; para, después, convertirse en un espacio de prevención –general, además de particular, por utilizar un símil penal–; y convertirse, ya actualmente, en un espacio de recuperación o restauración; en línea con lo que señalaba en el epígrafe 2.3 del capítulo I.

Dicho lo anterior, puede resultar de interés recoger, de manera esquemática, las principales finalidades que, en sentido amplio, deberían cumplir estos espacios, de acuerdo con lo que ha señalado la doctrina principal en la materia a través de LÓPEZ RAMÓN y MARTÍN MATEO:

1) Contribuir a la supervivencia de especies de necesaria protección por la conservación de los hábitats.

2) Constituir una red representativa de los ecosistemas naturales existentes.
3) Proteger áreas y elementos naturales con interés desde el punto de vista cientí?co, cultural, educativo, recreativo, etc., y

4) Colaborar con los programas internacionales de conservación de espacios y vida silvestre.

Pues bien, lo que en Occidente surgió en un comienzo de una manera relativamente simple, mediante la creación del modelo “parque natural”, a modo de museo natural al aire libre, se ha ido haciendo paulatinamente más complejo y elaborado. Así, han ido floreciendo diversas figuras de protección e intervención sobre estos espacios, con variadas formas de limitación, según han ido transformándose los paradigmas y cotas de protección; y según, también, se han ido incorporando más autoridades, nacionales e internacionales, que los establecen y tutelan.

Es objeto de este capítulo es, pues, el estudio de las principales figuras que existen o son de aplicación en Europa y España, de sus características y grados de protección, así como los planes, técnicas y métodos que se articulan para su protección efectiva. Para ello será preciso, en primer lugar, hacer un análisis con cierta perspectiva histórica y geográfico-ambiental. En segundo, se estudiarán los principios y normas generales de actuación. En tercero se recorrerá el régimen mundial y europeo. Finalmente, en cuarto, lo dedicaré al estudio de la regulación en España. Esta parte se iniciará con el examen de la compleja distribución competencial. La cual servirá para entender los problemas que, tanto en la delimitación como en la gestión de especies y espacios, se produce en nuestro país entre el Estado y las CC.AA. Luego se recorrerán las figuras e instrumentos de gestión. Para finalizar, en quinto lugar, haré un análisis crítico del sistema.

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1.2. El surgimiento de la protección de espacios naturales

Tal y como ya he destacado en varios lugares, suele situarse en la segunda mitad del siglo XIX el momento histórico en el que se produjo el nacimiento de fórmulas de protección de la naturaleza, al menos en su forma moderna. Dicho sea esto sin perjuicio de anteriores formas de protección, muchas veces realizadas razones variadas no directamente relacionadas con el fin conservacionista: lugares de paseo, de caza privilegiada, de veneración religiosa, de culto a los antepasados, incluso por usos totalmente privados247.

Es cierto que hasta el siglo XIX una población mundial exigua y muy deter-minada por el medio, apenas sometía a presión a las especies en tantos y tantos lugares del planeta. Por esas razones globales, según MARTÍN MATEO, sólo a finales del pasado siglo puede hablarse de una protección con un fin naturalístico pues es entonces cuando se “sublima la concepción laica y puramente naturalista de la protección de algunos conjuntos excepcionales de recursos apenas afectados por la influencia humana”248.

Su primer “episodio” puede cifrarse en 1872 cuando las autoridades de los EE.UU. crearon el célebre Parque Nacional de Yellowstone, con casi 900.000 has., al que siguieron los de Yosemite y Sequoia, ambos en 1890. Después vendrá Canadá con el establecimiento del Baniff Park (1887). Luego lo hará Inglaterra en su territorio colonial de la actual Sudáfrica, donde creó la Sabi Game reserve (1892). Ya mucho más adelante será muy importante la demarcación y regulación de los grandes parques de la Sabana africana entre los años sesenta y setenta del siglo XX, espacios que son el hogar de los más importantes mamíferos terráqueos y que estaban siendo sometidos a una gran explotación (y a un paulatino mayor conocimiento de Occidente merced al cine y la TV). En los albores de los años ochenta se crearon, por fin, lo los grandes parques del Amazonas y otras cuencas tropicales de Asia y América, algo más tardíos pero casi más importantes dado su progresivamente conocido papel como “pulmón mundial” y por la riqueza de biodiversidad (en su sentido más estricto)249.

El primer parque español fue, de alguna manera, el de Picos de Europa (1908), aunque la Ley de parques no será aprobada hasta 1918; momento en el que este primer parque se consolidará, junto con el segundo: el parque nacional de OrdesaMonte Perdido. Ambos eran y son paisajes de alta montaña (alpina), relativamente pobres en términos de biodiversidad, poco habitados y poco explotados y, desde

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luego, muy homogéneos (poco se pensaba, todavía, en otros espacios más, digamos, “vulgares”). El Krausismo, la generación del 98 y otros factores culturales fueron dando carta de naturaleza a la protección de estos lugares como un valor en sí mismo. Si bien es cierto que muchas generaciones de ingenieros de montes ya habían puesto las bases de una más o menos cuidadosa política de gestión ambiental de los bosques españoles que, no obstante, acabó empañando un poco la protección de la naturaleza, por tener principios operativos y fines diversos (aunque no del todo opuestos, como a veces se hace entender)250.

Tal y como también sea apuntó y por muchas razones que no pueden analizarse –pese al indudable interés y pertinencia que presentan–, esos espacios surgieron, en tal inicio, con un cierto carácter “elitista”, debido a su surgimiento como lugares de recreo de las élites intelectuales, cuando no gubernativas. Y también por crearse bajo la concepción de ser “museos” estáticos al aire libre, aptos para contemplación y disfrute del ciudadano burgués, según nos pone de relieve, por todos, LÓPEZ RAMÓN251.

Poco a poco y globalmente, ese movimiento global a favor de los parques se irá depurando y haciendo cada vez más científico. Así nació en 1948 la “Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza” (UICN), institución que ha tenido una gran importancia en todo lo relativo a la formación de un importante cuerpo de doctrina científica sobre la figura de los parques naturales. Este organismo estableció un catálogo de parques, de medidas de análisis, prevención y trabajo para su protección, la cuales han servido como plantilla científica para la regulación por parte de los Estados.

Un...

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