Revistas Extranjeras

AutorRemedios Aranda Rodríguez
Páginas825-870

Remedios Aranda Rodríguez, M.ª Del Rosario Díaz Romero, Beatriz Fernández Gregoraci, Martín García-Ripoll, Carmen Jerez Delgado, Alma Rodríguez Guitián, Albert Ruda González, Jordi Ribot Igualada, Isabel Sierra Pérez, Josep Solé Feliu, Belén Trigo García

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Derecho Civil
Parte general

Aüer, M.: «Subjektive Rechte bei Pufendorf und Kant. Eine Analyse im Lichte der Rechtskritik Hohfelds», AcP, núm. 5, 2008, pp. 584-634.

Interesante artículo sobre los conflictos lógicos que plantea el concepto habitual de derecho subjetivo, derivado sobre todo de Kant, comparado con la concepción de uno de los padres del racionalismo jurídico, Pufendorf. (M. G.-R.)

Baratta, R.: «Le basi giuridiche derivate nell'ordinamento comunitario-nota a C. giust. CE, sez. gr., 6 maggio 2008 in causa C-133/06», GC, 2008, núm. 10, pp. 2076-2079. (M. R. D. R.)

Barba, V.: «La connessione tra I negozi e il collegamento negoziale», RTDPC, 2008, núm. 3, pp. 791-818.

Reflexiones sobre el vínculo negocial en el derecho contractual: vínculo ocasional, vínculo voluntario e imperativo. (M. R. D. R.)

- «La connessione tra I negozi e il collegamento negoziale», RTDPC, 2008, núm. 4, pp. 1167-1188.

Segunda parte de unas reflexiones sobre el vínculo negocial en el derecho contractual: vínculo voluntario, efectos, imposibilidad sobrevenida, defecto de causa.i (M. R. D. R.) Page 826

Gallo, :F. «dottrina e evoluzione del diritto», RDC, 2008, núm, 6 parte prima, pp. 683-711.

Revisión ideológica y conceptual de la ciencia jurídica, con consideraciones históricas sobre las fuentes del derecho y sobre el papel de la doctrina en la formación y evolución del derecho. (M. R. D. R.)

Gründmann, S.: «The Concept of the Private Law Society: After 50 Years of European and European Business Law», ERPL, núm. 4, 2008, pp. 553-581.

El artículo se centra en el concepto de derecho privado en la Comunidad Europea. El cambio del ámbito público y jerárquico por el privado se manifiesta en que los principales medios de organización social son el consenso y los acuerdos privados. La sociedad privada es estudiada en tanto aumenta la libertad individual y facilita la existencia de mercados más eficientes. (M. G.-R.)

Iorio, G.: «Clausole di stile, volontá delle parti e regole interpretative. Profi-li generali», RDC, 2008, núm, 6 parte prima, pp. 657-681.

Revisión de derecho comparado, con la normativa y jurisprudencia francesa, de la naturaleza jurídica y efectos de las cláusulas de estilo respecto a la disciplina de interpretación de los contratos, en aras de entender la voluntad de las partes. (M. R. D. R.)

La Torre, A.: «Il bene duale nella teoria delle cose», GC, 2008, núm. 5, pp. 267-287.

Reflexión sobre la teoría de la cosa, de los bienes, y clases de bienes: la unicidad y la pluralidad, la dualidad, la universitas rerum. (M. R. D. R.)

Lerner, P.: «The Relationship between "Common Principles", Comparative Law and the "New Ius Commune"», ERPL, núm. 6, 2008, pp. 949-972.

Artículo centrado en el proceso académico de armonización del derecho privado en Europa a través de la creación de principios básicos comunes. También se tratan los puntos de contacto que existen entre este proceso de creación de principios comunes y el tradicional derecho comparado. (M. G.-R.)

Oechsler, J.: «die Bedeutung des § 172 Abs. 1 BGB beim Handeln unter frendem Namen im Internet», AcP, núm. 5, 2008, pp. 565-583.

El § 172.1 BGB establece que «Se equipara a una comunicación especial de un apoderamiento por el poderdante el hecho de que éste haya entregado al representante un documento de apoderamiento y el representante lo haya presentado a un tercero». Partiendo de este precepto, el autor se plantea el problema de las comunicaciones a través de internet en el caso de que una de las partes haya facilitado sus claves a un tercero y éste las haya utilizado para concluir un contrato u otro negocio jurídico. En su opinión, el § 172.1 BGB puede servir para hacer responsable al titular de las claves del negocio concluido en su nombre pero sin su autorización. (M. G.-R.)

Roth, M.: «die Rechtsgeschaftslehre in demographischen Wandel. Starkung der Autonomie sowie Schutzkonzepte bei Alteren und Miderjahrigen», AcP, núm. 4, 2008, pp. 451-489.

El cambio demográfico en Alemania supone un incremento relativo muy importante de los ancianos. La nueva legislación sobre la tutela o asistencia Page 827 (Betreuung) ha renunciado a la constatación constitutiva de la incapacidad de obrar e incluso ha dado un amplio ámbito de actuación a los mayores incapaces, como en el caso del § 105a, que les permite realizar negocios de la vida cotidiana. Esta nueva legislación requiere un replanteamiento de la categoría «negocio jurídico», así como la búsqueda de nuevas vías para proteger a los mayores incapaces. Además, algunas de las conclusiones se podrían aplicar a los menores de edad. (M. G.-R.)

Von Hein, J.: «The New European Choice-of-Law Revolution: Lessons for the United States?», Tulane L. Rev., 2008, vol. 82, pp. 1663-1707.

Estudio metodológico sobre el Reglamento (CE) núm. 864/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de julio de 2007, relativo a la ley aplicable a las obligaciones extracontractuales («Roma II»). El autor se pregunta sobre la posible utilidad del Reglamento como modelo para los juristas de los Estados Unidos de América. Si se examina su contenido se puede apreciar que no se trata de una regulación demasiado innovadora, ya que en realidad sigue doctrinas ya admitidas por los países miembros de la Unión Europea, que pueden remontarse a la obra de Savigny. de acuerdo con este punto de partida, el Reglamento ha combinado un conjunto de normas generales relativamente flexibles con otras, de carácter específico, sobre tipos determinados de hechos ilícitos. de esta experiencia normativa se puede deducir que la evolución del derecho internacional privado en relación con los conflictos de leyes es preferible que se realice de abajo a arriba, sin presión internacional para que los Estados unifiquen sus ordenamientos respectivos. Por ello no resulta recomendable que se imponga desde arriba una reforma de la regulación sobre esta materia, que por su carácter revolucionario dé la espalda a las culturas jurídicas nacionales. (A. R. G.)

Westermann, H. P.: «Drittinteressen und offentliches Wohl als Elemente der Bewertung privater Rechtsverhaltnisse», AcP, núms. 2-3, 2008, pp. 141-181.

Intereses de terceros e interés general como elementos de valoración de las relaciones jurídicas privadas. El trabajo se centra, no en las limitaciones de la autonomía de la voluntad por razones de interés general, sino en el objeto más modesto de si, fuera de las normas legales, el ámbito de aplicación de la autonomía de la voluntad por razón de los intereses generales o de terceros puede ser también reducido. (M. G.-R.)

Derecho de la persona

Anzani, G.: «Identita personale e 'atti di disposizione della persona'», NGCC, 2008, núms. 7-8, pp. 207-221.

Los principios en materia de disponibilidad de los bienes de la personalidad. El derecho a la identidad personal. (Alma R. G.)

Azzalini, M.: «Tutela dell'identita del paziente incapace e rifiuto di cure: appunti sul caso Englaro», NGCC, 2008, núm. 10, pp. 331-350.

Artículo sobre el derecho de autodeterminación del paciente sobre su salud: posición del paciente en estado vegetativo permanente respecto al Page 828 rechazo a los tratamientos médicos. La postura del tutor del incapaz en el ejercicio de la elección del fin de la vida. Intervención judicial en la adopción de tal decisión. (Alma R. G.)

Ballarani, G.: «Procreazione medicalmente assistita e diagnosi preimpian-to: una sentenza contraria alla ragione della legge, ma conforme alla legge della ragione?-nota a Trib. Cagliari 24 settembre 2007», GC, 2008, núm. 1, pp. 228-241. (M. R. D. R.)

Banchetti, S.: «La diagnosi preimpianto nella procreazione assistita: euge-netica o tutela della salute della donna? - nota a Trib. Cagliari 24 settem-bre 2007», GC, 2008, núm. 6, pp. 1553-1561. (M. R. D. R.)

Bülgarelli, A.: «Prodigalitá: inabilitazione o amministrazione di sostegno?- nota a Trib. Modena decr. 20 marzo 2008», GC, 2008, núm. 9, pp. 20382045. (M. R. D. R.)

Cataldo, V., Di y otros: «La protezione giuridica delle invenzioni biotec- nologiche», NLCC, 2008, núm. 2-3, pp. 353-456.

Extenso comentario de la l. 22 febbraio 2006, n. 78, sobre protección jurídica de invenciones biotecnológicas, para adecuar la Directiva 98/44/CE y la Convención de Mónaco sobre patentes europeas, la Convención de Río de Janeiro sobre diversidad biológica y la Convención de Oviedo sobre derechos del hombre y dignidad del ser humano, a las leyes sobre patentes biotecnológicas y el código de la propiedad industrial: determinación del objeto, procedimientos e intereses a proteger. (M. R. D. R.)

Cendon, P./Rossi, R.: «I diritti dei pazienti oncologici», DFP, 2008, núm. 2, pp. 922-954.

Los pacientes terminales y su derecho de autodeterminación sobre su salud: validez del testamento biológico, un debate abierto. (Alma R. G.)

D'avack, L.: «Sul consenso informato all'atto medico», DFP, 2008, núm. 2, pp. 759-789.

Artículo acerca del derecho de autodeterminación del paciente sobre su salud en los casos de estados vegetativos permanentes. (Alma R. G.)

Delli Priscoli, L.: «Diritti della personalitá, persone giuridiche e societá di persone-nota a Cass. 4 giugno 2007 n. 12929 e a Cass. 5 aprile 2007 n. 8604», GC, 2008, núm. 9, pp. 1998-2013. (M. R. D. R.)

Delgado, A.: «Chronique d'Espagne/Crónica de España», RIDA, núm. 216, abril 2008, pp. 183-319.

Antonio delgado, Presidente del...

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