Retención por garantía

Revista de Actualidad JurídicaNúm. 46, Junio 2010

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Abogados Fiscal

Resumen


Empresa constructora. Aplicación correcta de la retención por garantía.

Nuestro cliente viene aplicando el método siguiente en las facturas de ventas:

Importe certificación ................100.000,00

IVA 16%................................... 16.000,00

Total factura............................ 116.000,00

Retención por garantía 5%...... 5.000,00

A pagar.....................................111.000,00

Ahora el receptor de la factura le indica, siguiendo instrucciones de la Inspección Tributaria, que la retención en las facturas se debe restar de la base imponible y luego aplicar el IVA.

Así pues, la devolución de la retención se deberá realizar mediante facturas con su IVA correspondiente y de esta manera el IVA de la retención por garantía se devenga en el momento que se paga.

¿Es correcta esta interpretación del Inspector, o es correcto nuestro método empleado hasta ahora?

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Extracto


Retención por garantía

El artículo 75.Uno.2º de la Ley 37/1992 (LIVA), con referencia al devengo de las prestaciones de servicios, disp...

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