La nueva responsabilidad por daños causados por piezas de caza en Castilla y León tras la Ley 13/2005, de 27 de diciembre, de medidas financieras

AutorJosé María Caballero Lozano
CargoProfesor Titular de Derecho Civil. Universidad de Burgos
Páginas135-206
LA NUEVA RESPONSABILIDAD POR DAÑOS
CAUSADOS POR PIEZAS DE CAZA EN
CASTILLA Y LEÓN TRAS LA LEY 13/2005, DE 27
DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS FINANCIERAS
José María Caballero Lozano
Profesor Titular de Derecho Civil
Universidad de Burgos
Un problema jurídico y económico que se produce en muchos lugares de Es-
paña y, en particular, en Castilla y León, es la determinación de la responsa-
bilidad civil derivada de los daños causados por los animales silvestres que
son susceptibles de caza. Las reflexiones que siguen son continuación de las
que hemos realizado en otro momento acerca de la responsabilidad civil que
tiene su origen en los hechos dañosos causados por las piezas de caza (1). La
vuelta al estudio de este tipo de responsabilidad extracontractual tiene su
justificación en el hecho de que recientemente la Ley 4/1996, de 12 de ju-
lio, de caza de Castilla y León ha experimentado una reforma radical en su
artículo 12, el cual ha recibido una nueva y completa redacción, de modo
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DERECHO AUTONÓMICO
1. «Las agresiones del medio ambiente: los daños causados por las piezas de caza. Especial consideración
del régimen en Castilla y León», II Congreso Europeo y I Iberoamericano de Derecho Agrario, El Egido (Al-
mería), 3-5 de abril de 1997; «Régimen de los daños causados por las piezas de caza según la Ley de caza
de Castilla y León», revista Derecho Agrario y Alimentario, núm. 34, enero-junio de 1999, pp. 7-13; y «Res-
ponsabilidad civil cinegética en Castilla y León», Revista Jurídica de Castilla y León, núm. 2, febrero de 2004,
pp. 191-218. En relación con otras Comunidades Autónomas cabe citar nuestro trabajo «El aprovechamiento
cinegético de los terrenos forestales en La Rioja», en Los montes: propiedad, aprovechamiento y conserva-
ción. Régimen forestal de la Comunidad Autónoma de La Rioja, Logroño, 2000, pp. 53-77.
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que en materia de responsabilidad civil cinegética podemos decir, sin temor
a equivocarnos ni a incurrir en exageración, que estamos en presencia de una
nueva Ley de caza en Castilla y León. La finalidad de la reforma es aproxi-
mar el régimen legal de la Comunidad Autónoma al del Estado, donde, a su
vez, se ha operado una reforma cuya finalidad es procurar que la citada res-
ponsabilidad, en el caso de que se provoquen accidentes de tráfico, no se im-
pute a los titulares de los terrenos de caza, como venía sucediendo hasta
ahora, sino que sea a cargo de quien haya intervenido culpablemente, por ac-
ción u ominión, en el hecho: conductor del vehículo, titular cinegético, Ad-
ministración responsable de la carretera, etc.
SUMARIO
I. DIVERSAS ÉPOCAS EN LA REGULACIÓN DE LA RESPONSABILI-
DAD CIVIL CINEGÉTICA EN CASTILLA Y LEÓN.
1. La aplicación del Código civil y de la Ley de caza de 1970.
2. La Ley autonómica de caza de 1996.
3. Los daños causados al tráfico vial.
4. La reforma del seguro cinegético en 2001.
5. La reforma de la responsabilidad por daños en la circulación.
6. La nueva regulación de 2005.
II. LOS DAÑOS CAUSADOS POR PIEZA DE CAZA EN LA LEGISLACIÓN
VIGENTE.
1. Los daños causados.
2. Concepto de pieza de caza.
3. Daños causados por las piezas de caza durante la época de veda.
4. Daños causados por especies no cinegéticas y por especies cine-
géticas que no son piezas de caza.
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5. Daños causados por piezas de caza no acotadas.
5.1. Derecho derogado.
5.2. Derecho vigente.
III. EL CARÁCTER CINEGÉTICO O NO CINEGÉTICO DEL TERRENO
DONDE SE CAUSA EL DAÑO.
IV. LA APLICACIÓN DE LA LEY DE CAZA DE 1970.
1. Las piezas de caza.
2. El terreno de procedencia de la pieza.
2.1. Las reservas regionales de caza.
2.2. Los cotos de caza.
2.3. Las zonas de caza controlada.
2.4. Los refugios de fauna.
2.5. Las zonas de seguridad.
2.6. Los terrenos vedados.
2.7. Los parques nacionales.
3. La procedencia.
4. La exclusión de la responsabilidad civil.
5. Los responsables de los daños causados.
5.1. La responsabilidad principal del titular del aprovechamiento cine-
gético.
5.2. La responsabilidad subsidiaria del propietario del terreno o del
gestor cinegético.
V. LOS DAÑOS CAUSADOS A LOS VEHÍCULOS EN CIRCULACIÓN.
1. El accidente por atropello.
1.1. El perjudicado.
1.2. El accidente de tráfico.
1.3. Las especies cinegéticas.
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