Resolución de 30 de diciembre de 1999
La Notaría (desde 1995) › Núm. 1/2000, Enero 2000
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La Notaría (desde 1995) › Núm. 1/2000, Enero 2000
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El Registrador debe diligenciar el libro de actas de una supracomunidad integrada por diversos edificios y recayente sobre varios espacios libres privados, ya que tal situación es analógicamente subsumible en el supuesto del art. 19 de la Ley de Propiedad Horizontal, lo que determina la aplicabilidad del art. 415 R.H.
Original
RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 1999, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por la Mancomunidad de Propietarios del Espacio Libre Privado ...
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Extracto
Resolución de 30 de diciembre de 1999
COMENTARIO
I.En el presente supuesto, la mancomunidad la constituían los propietario...Ver el contenido completo de este documento
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