Resolución de 30 de diciembre de 1999

La Notaría (desde 1995)Núm. 1/2000, Enero 2000

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Abogados Fiscal

Resumen


El Registrador debe diligenciar el libro de actas de una supracomunidad integrada por diversos edificios y recayente sobre varios espacios libres privados, ya que tal situación es analógicamente subsumible en el supuesto del art. 19 de la Ley de Propiedad Horizontal, lo que determina la aplicabilidad del art. 415 R.H.

Original


RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 1999, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por la Mancomunidad de Propietarios del Espacio Libre Privado ...

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Extracto


Resolución de 30 de diciembre de 1999

COMENTARIO

I.En el presente supuesto, la mancomunidad la constituían los propietario...

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