Resolución de 27 de mayo de 2003 (B.O.E. de 8 de julio de 2003)

La Notaría (desde 1995)Núm. 7-8/2003, Julio 2003

Enlazado como:
Abogados Fiscal

Resumen


El derecho de opción, a ejercitar sobre determinados metros de una finca, puede hacerse con referencia a un plano que se protocoliza, siempre que se dé perfecta claridad entre escritura y plano, si además requiere de la previa segregación de los metros objeto de la opción, el pacto de modificación hipotecaria no cabe inscribirlo con el “se obligan” a segregar, sino que deberá tener el pacto naturaleza real. Además, el precio de la opción no requiere estar determinado basta que sea determinable, y no todos los pactos son inscribibles, así los relativos a gastos, pues requerirán, los de carácter obligacional, asegurarse con un derecho real de garantía o configurarse como parte del precio de la opción, que no puede ser indeterminado, aunque sí determinable.

Original


RESOLUCIÓN de 27 de mayo de 2003, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de Castro del Río, don Manuel Rodríguez Poyo Segu...

Ver el contenido completo de este documento

Extracto


Resolución de 27 de mayo de 2003 (B.O.E. de 8 de julio de 2003)

...

Ver el contenido completo de este documento

Enlaces patrocinados




ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web