Resolución de 24 de noviembre de 2000 (B.O.E. de 9 de enero de 2001)

La Notaría (desde 1995)Núm. 1/2001, Enero 2001

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Abogados Civil

Resumen


1. Una sociedad no obligada a la verificación de sus cuentas anuales, puede nombrar un auditor de cuentas aunque haya finalizado el ejercicio por auditar.

2. Para comprobar si la sociedad está obligada a verificar sus cuentas, basta la información que resulta del mismo Registro, en particular si la sociedad presenta balance abreviado, sin que sea necesaria manifestación alguna en tal sentido.

Original


RESOLUCIÓN de 24 de noviembre de 2000, de da Dirección, General de los Registros y del Notariado, en, el recurso gubernativo interpuesto por don Francisco Ucelay Sabina, en nombre de «Promociones e...

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Extracto


Resolución de 24 de noviembre de 2000 (B.O.E. de 9 de enero de 2001)

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