Resolución de 22 de septiembre de 2000 (B.O.E. de 24 de octubre de 2000)

La Notaría (desde 1995)Núm. 10/2000, Octubre 2000

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Abogados Civil

Resumen


- La expresión de la cabida superficial de una finca es presupuesto, en todo caso, para su inscripción.

- El hecho de que una finca registral haya sido sustituida por otras dos segregadas de ella, que la agotan, no es obstáculo para la inscripción del auto, recaído en expediente de dominio dirigido a la reanudación del tracto sucesivo interrumpido, por el que se declara justificado el dominio de una finca que se describe de forma totalmente coincidente con la descripción registral de la finca matriz.

Original


RESOLUCIÓN de 22 de septiembre 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por los cónyuges don Francisco Rodríguez Ortega y doña Francisca...

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Extracto


Resolución de 22 de septiembre de 2000 (B.O.E. de 24 de octubre de 2000)

COMENTARIO

Presentado en el Registro testimonio de un auto, recaído en expediente de dominio dirigido a la reanudación del tracto sucesivo interrumpido sobre una finca, la Registradora suspende su inscripción por los tres defe...

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