Extracto
Resolución de 22 de julio de 2005
(B.O.E. de 13 de septiembre de 2005)
DOCTRINA El artículo 326 de la Ley Hipotecaria, en la redacción dada por la Ley 24/2001 de 27 de Diciembre, señala que el plazo para la interposición de un recurso gubernativo es el de un mes desde la fecha de la notificación de la calificación. Esto no impide que, transcurrido el referido plazo, se vuelvan a presentar los documentos en el Registro para, obteniendo nuevamente una calificación negativa, coincidente con la anterior, poder interponer el r...Ver el contenido completo de este documento
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Documentos citados
- LEY 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
- Decreto de 8 de febrero de 1946, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Hipotecaria. - Artículos 1 , 40 , 322 , 325 , 326 , 328
- Código Civil. - Artículo 327
- Decreto de 2 de junio de 1944, por el que se aprueba el Reglamento de organización y régimen del Notariado en materia de ingreso en el Cuerpo de Notarios. (Reglamento Notarial). - Artículo 153
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