Resolución 15 de diciembre 1994 (BOE 19 DE ENERO 1995)

La Notaría (desde 1995)Núm. 1/1995, Enero 1995

Enlazado como:
Abogados Civil

Resumen


Anotados preventivamente dos créditos, si el acreedor del segundo estima que es de superior rango, debe interponer la oportuna tercería. Si no lo hace su anotación será cancelada cuando se ejecute el embargo anotado en primer lugar.

Original


1432 RESOLUCIÓN de 15 de diciembre de 1994, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por doña Josefa Tejedor García, contra la negativa del...

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Extracto


Resolución 15 de diciembre 1994 (BOE 19 DE ENERO 1995)

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