Resolución de 11 de marzo de 1978 (BOE de 5 de abril).

Revista Crítica de Derecho InmobiliarioNúm. 531, Marzo - Abril 1979

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Abogados Civil

Resumen


La prórroga o suspensión del plazo de vigencia del asiento de presentación producida en el supuesto del artículo 255 de la ley hipotecaria (apartado 4.) lleva consigo la de los asientos de presentación posteriores conforme al artículo 111, 3., del reglamento, pero no la de los anteriores caducados ya al momento de despacharse el título que fue retirado para pago del impuesto.

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Extracto


Resolución de 11 de marzo de 1978 (BOE de 5 de abril).

Antecedentes de hecho.

-Por escritura autorizada en Barcelona el 18 de abril de 1975 por el Notario don José María Gasch Nohet, de la Sociedad «Fomento de Inversiones Colectivas, S. A.» (FOINCOSA), constituyó hipoteca sobre cuatro fincas rústicas situadas en el término municipal de Castell-defels, en favor del acreedor de dicha Sociedad don Vitalino Llamazares Sánchez y de su esposa, doña Estilita García García, en garantía de un préstamo de 1.800.000 pesetas, compareciendo en la escritura como representantes de la Sociedad don Domingo Altemir Arias y don Ricardo Pena Cerdá, en razón de la limitación establecida en escritura pública que facultaba a los dos socios citados y a don José María Plana Gañán para que actuando conjuntamente, dos cualquiera de ellos, puedan disponer de los fondos de la Sociedad; las fincas hipotecadas pertenecían a «Foincosa», por compra a don José Tomás Margarit, en virtud de escritura autorizada por el mismo Notario señor Gasch con fecha 18 de marzo de 1975; la re-ferida escritura de préstamo hipotecario fue presentada en el Registro de la Propiedad de Hospitalet número 4 con fecha 22 de abril de 1975, causando el asiento número 2.918 del diario número 2 y siendo retirada en la misma fecha para liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, y una vez liquidada reintegrada al Registro dentro del plazo de vigencia del asiento de presentación; con fecha 25 de abril de 1975 se presentaron en el Registro tres escrituras otorgadas ante el citado Notario señor Gasch el 18 de marzo de 1975, que causaron los asientos 2.950, 2.951 y 2.952 del diario número 2, por las cuales «Foincosa» adquiría las fincas antes expresadas por precio de 2.000.000 de pesetas, por la segunda constituía primera hipoteca a favor del vendedor por importe de 18.800.000 pesetas, sobre las mismas fincas, y por la tercera constituía segunda hipoteca por importe de 18.240.000 pesetas, también sobre las mismas fincas, a favor de don José Luis Jimena Gallego, siendo retiradas las tres para pago del Impuesto; la escritura que causó el asiento 2.918, sin haber podido inscribirse por falta de título previo, fue de nuevo retirada el 15 de julio y cancelado dicho asiento por caducidad al día siguiente, mientras que los otros tres asientos referentes a las mismas fincas habían sido prorrogados por ciento ochenta días, el 28 de junio, por estar pendiente de liquidación las escrituras que los motivaron en la Abogacía del Estado de Barcelona; con fecha 1 de agosto de 1975, fue presentada en el Registro (asiento número 1.051 del diario número 3) una escritura autorizada por el Notario de Armunia don José Lorente el día 14 de junio anterior por la que «Foincosa» aporta a la Sociedad «Viña Llopart, S. A.», los cuatro terrenos referidos, siendo retirada para la liquidación del Impuesto y reintegrada al Registro el 14 de octubre siguiente, es decir, el día que cumplía los sesenta desde la presentación, el cual no fue expresamente prorrogado; con fecha 18 ,de agosto de 1975 fue presentada de nuevo en el Registro (asiento ...

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