Reseña bibliográfica de la obra «Arbitrato, en Commentario del Codice di Procedura Civile», a cura di Sergio Chiarloni, Libro Quarto: Procedimentispecialiel art. 806-840. Bologna. ZanichelliEditore 2014

AutorIgnacio Arroyo Martínez
CargoCatedrático de la Universidad Autónoma de Barcelona Arbitro y Abogado
Páginas439-474

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  1. Cualquier lector, medianamente informado, tras leer la ficha bibliográfica comprende inmediatamente que el título «Arbitraje» no refleja con fidelidad el contenido de la obra. Se trata, en efecto, de un «Tratado sobre Derecho del Arbitraje». Obras de este tipo no responden a los tiempos actuales pues escribir un «Tratado», de la materia que sea, exige un tiempo, una dedicación y una capacidad inusuales en los tiempos aceleramos que vivimos. Sin embargo, la profesora Laura SALVANESCHI lo ha conseguido y con un resultado excelente.

    No he tenido tiempo de leer siquiera el libro en su integridad. Entre otras razones porque una monografía de más de mil páginas necesita un tiempo que no dispongo. He repasado en diagonal la mayoría de los temas y contrastado pacientemente diversas cuestiones que he podido vivir profesional y académicamente. El resultado ha sido altamente satisfactorio.

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    Aunque la obra se refiere al derecho italiano, los problemas del arbitraje son comunes a cualquier ordenamiento y las soluciones no deben ser dispares en función del ordenamiento aplicable. Problemas comunes exige soluciones también comunes. Máxime en una materia que tiene mucho de método o, si se prefiere, es eminentemente procesal.

  2. Antes de entrar en la exposición del contenido de la obra algo debo decir de la autora, bien conocida entre los colegas universitarios de derecho procesal de lengua y habla española. No solo por ser Catedrática de Derecho Procesal en la prestigiosa Universidad de Milán y socio responsable de uno de los más destacados bufetes de abogados italianos, «Bonelli, Erede & Papalardo» (laura.salvaneschi@beplex.com). Lo digo porque antes de la publicación de esta soberbia monografía, la autora pertenece al selecto grupo del Consejo Arbitral del Tribunal Arbitral Nacional e Internacional de la Cámara de Comercio de Milán.

    Debo añadir para facilitar al lector la dimensión altamente cualificada de la autora que el Consejo Arbitral está formado por nueve miembros, todos catedráticos de Universidad y destacados profesionales de la abogacía1. Las funciones principales del Consejo son cinco: a) Controlar la legalidad de la cláusula arbitral y, por tanto, la válida sumisión a la Corte Arbitral de la Cámara de Comercio de Milán; b) Nombrar el árbitro o, en su caso, el colegio arbitral. En esa facultad se incluye la aprobación o

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    desaprobación de los árbitros propuestos por las partes, que deben ser independientes e imparciales; c) Aprobar los honorarios del árbitro y de los peritos, y las tasas del arbitraje según los criterios fijados por el Reglamento; d) Conceder prórrogas, de acuerdo con el Reglamento de la Cámara y e) Resolver cualquier otra cuestión planteada por los árbitros o las partes que sea competencia del Consejo.

    Las reuniones suelen ser mensuales durante todo el año, excepto el mes de agosto, el cargo no es retribuido y los miembros del Consejo, así como los socios, colaboradores o abogados vinculados con los miembros consejeros, no pueden ser nombrados árbitros mientras dura el mandato, que es de tres años, prorrogable por otros tres.

  3. La obra está estructurada en siete capítulos, la exposición es fiel a la colección en la que se inserta. Se trata de un comentario, artículo por artículo, que sobre el arbitraje dedica el código italiano de procedimiento civil, el equivalente de nuestra Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC). Concretamente son treinta y cuatro artículos, los artículos 806 a 840.

    Por la riqueza informativa y la acertada sistematización no veo más acertado que informar puntualmente de la interminable lista de cuestiones que se van analizando en cada uno de los siete capítulos en que se divide la obra, con ocasión del comentario exigido a cada artículo.

  4. El capítulo I trata el Convenio Arbitral. Se comenta detenidamente el principio universal según el cual «las partes pueden someter a arbitraje las controversias que no tengan por objeto derechos indisponibles, excepto prohibición expresa de la ley.» El estudio exige desgranar que se entiende por derechos indisponibles, pues el principio general es que todos los derechos son disponibles en la medida que son renuncia-bles. El titular de un derecho tiene la facultad de renuncia, para eso es un derecho y no una obligación. Sin embargo, el derecho conoce otro principio general, no hay norma sin excepción. Ambos principios convergen en la situación en que nos encontramos tras una larga evolución jurídica: aumentan las excepciones a la regla general. Lo digo porque se observa como los derechos confieren al titular menos facultades o, por

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    decirlo de otro modo, el titular sufre progresivamente más limitaciones al ejercicio de sus derechos.

    Todo ello está recogido en el Art. 806. Controversias arbitrajes, del citado Código de Procedimiento Civil, cuyo comentario constituye parte del capítulo I comentado.

    La autora desmenuza el precepto en veinte apartados o cuestiones y son las siguientes: Premisa; la formulación anterior a la entrada en vigor del art. 806 Código de Procedimiento Civil; las directivas y las normas que caracterizan el arbitraje societario; la ley habilitante n. 80, de 14 mayo 2005, y las dudas e inseguridades que plantea; de la disponibilidad del derecho a la disponibilidad de la acción; la búsqueda de una definición negativa de la disponibilidad de la ley material objeto de la controversia; la materia corporativa; la disciplina normativa; examen de las normas sustanciales sobre acciones de impugnación de los acuerdos de la junta que tienen naturaleza disponible; normas procesales que señalan las acciones de impugnación de los acuerdos que presentan naturaleza disponible; examen de la jurisprudencia; la arbitrariedad de las controversias societarias; el derecho de la concurrencia; las prohibiciones legales; de los derechos disponibles a los derechos indisponibles; los intereses de carácter general presentes en el procedimiento ex. art. 2.409 del Código de Procedimiento Civil; los intereses legítimos; el arbitraje en las relaciones con la Administración pública; examen de la estructura privada; las controversias en el ámbito laboral de trabajo: breve reseña de la historia relativa a su viabilidad; examen de las modificaciones introducidas por la ley 40/2006 y las nuevas formas de arbitraje en materia de trabajo.

    El comentario del art. 807 sobre el Compromiso arbitral analiza la definición, los requisitos formales, los requisitos materiales o de fondo, la capacidad de las partes y el compromiso en el arbitraje social.

    El artículo 808 versa sobre la Cláusula Compromisoria: definición; encuadramiento sistemático; forma escrita; la forma con referencia a los contratos en serie y a los contratos de los consumidores; la cláusula compromisoria estipulada mediante acto separado y los contratos vinculados; la autonomía de la cláusula compromisoria; la accesoriedad de la cláusula

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    compromisoria y su circulación; la cesión del contrato y del crédito; el contrato a favor de tercero; el contrato a favor de persona a designar; conclusiones en tema de autonomía y accesoriedad de la cláusula compromisoria; capacidad para estipular la cláusula compromisoria; contenido eventual de la cláusula compromisoria y cláusula compromisoria estatuaria.

    El art. 808-bis. Convención de arbitraje en materias no sometidas a contrato: encuadramiento sistemático, formulación, otras acciones no vinculadas al contrato, nota característica para determinar las relaciones no contractuales objeto de la convención de arbitraje, la forma, el ámbito subjetivo de la convención y la capacidad necesaria por su estipulación.

    El art. 808-ter. Arbitraje Informal: síntesis de la evolución histórica, los criterios de la ley habilitante, definición del nuevo arbitraje informal según el texto del art. 808-ter, la disciplina del árbitro no ritual o informal, el convenio en el arbitraje no ritual, número, nombramiento, capacidad y aceptación de los árbitros, derechos, responsabilidad e instrumentos de control sobre la imparcialidad de los árbitros, el procedimiento, el laudo, los motivos de la impugnación, el régimen de la excepción de compromiso en un arbitraje no ritual, arbitraje no ritual y tutela cautelar, el arbitraje no ritual en materia societaria.

    El art. 808-quarter. Interpretación de la Convención de Arbitraje, aborda las cuestiones siguientes: evolución histórica del criterio herme-néutico extensivo convertido en norma positiva, los criterios de interpretación de la Convención de Arbitraje, ámbito de aplicación, convención de arbitraje y pactos, la cuestión entre arbitraje ritual y no ritual.

    El art. 808-quinquies. Eficacia de la convención de arbitraje: evolución y ratio de la norma, el pronunciamiento sobre el fondo en los procedimientos de arbitraje no resta efectividad al convenio de arbitraje, las circunstancias en que el procedimiento de arbitraje finaliza sin un pronunciamiento sobre el fondo y la convención de arbitraje no pierde efectividad aunque se cierre sin un pronunciamiento sobre el fondo, las hipótesis en que el procedimiento arbitral se cierra sin una decisión sobre el fondo pero el procedimiento no puede ser nuevamente iniciado en vía arbitral.

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  5. El Capítulo II se refiere a los Árbitros y comprende los preceptos siguientes. El art. 809. Número de los árbitros, estudia la regla de la disparidad o número impar de los árbitros, el principio de disparidad y la aparición del problema en el arbitraje multiparte, la reforma de 1994 y la obtención de la disparidad del colegio mediante el nombramiento de un árbitro adicional para la hipótesis de paridad numérica, examen de la norma en caso de concurso y conflicto con la disciplina introducida por el art. 816-quarter, apartado Io, del código de procedimiento civil, la reforma del 1994 y la solución ante la falta de indicación del número de los árbitros, el nombramiento o las modalidades de nombramiento de los árbitros, el nombramiento de los...

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